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1) Tiendas Virtuales

 

Integración de venta de productos por medio de tienda en línea Claro shop. Para la cual se requiere de una llave pública y llave privada para el inicio de sesión, los cuales son proporcionados por la tienda.

 

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  • Configuración de la Tienda:

 

  • Documentos: Folio y Cliente para los pedidos.En caso de contar con cliente “MOSTR” , se mostrará en automático.

 

  • Productos: En el caso de manejo de multialmacén, se indicará si las existencias las toma del catálogo de inventario o de un almacén en especfico.

 

  • Lista de precios: para el precio publico y el precio oferta,solamente se podrán seleccionar precios con IVA incluidos.
  • Sincronización: la cual puede ser manual mediante el boton 9 y Automatica por intervalos de 30,60,90 y 120 minutos.

 

Se incluye  un alerta en la parte inferior derecha la cual al ponerse en amarillo indica que acaba de realizar la sincronización, al dar clic en ella mostrará los resultados obtenidos para publicaciones y pedidos.

 

En la ruta de instalación se genera el archivo DATOSEMPRESAXXSincronizacionTiendasn con dicha información.

 

  • Publicaciones

En esta sección se podrán consultar los productos que se desean vender mediante la plataforma de Claro Shop, a continuación, se describen sus funciones:

 

  • Configuración del producto para su publicación.

 

  • Habilitar check “Disponible para publicar”.
  • Campos publicación: Datos generales del producto.
  • Descripción especifica: se ingresara la información del producto
  • Imágenes: Se podrán colocar hasta 3 imágenes, por medio de una URL.

 

Una vez publicado el producto,se mostrarán tanto el precio público como el precio de oferta tomando este último para la generación de los pedidos.

 

  • Opción copiar y pegar .

 

  • Permite el copiado y pegado de título,alto,largo,ancho,categoría, clave categoría, tipo embarque y marca de una publicación a otra.

 

  • Se incluye un panel que muestra información relevante de la publicación.

 

  • Publicación de kits.

Las existencias publicadas en Claro Shop para los Kits se obtiene de las siguiente manera:

 

Se cuenta con el KIT-01 conformado por los siguientes productos.

 

Cantidad Articulo Existencia en almacén Operación Existencias para publicación
5 Producto A 50 50/5 10
3 Producto B 50 50/3 16
7 Producto C 50 50/7 7

 

Se toma el valor mas pequeño para indicar las existenciasn dentro de la tienda, en este caso 7.

 

  • Claro Shop maneja número enteros para la publicación de existencias de los productos, en caso de manejar decimales el sistema mandará a la tienda la cantidad redondeada.

 

  • Para eliminar productos que no se han publicado, bastará con deshabilitar el check de

“Disponible para publicar” , desapareciendo la publicación de la consulta  de forma automática.

 

  • Solo se podrá realizar la publicación de productos y kits.

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  • En caso de cambiar el almacén de productos desde la configuración de la tienda se recibirá la siguiente alerta:
  • Una vez realizada la publicación de los productos los siguientes campos no serán modificables.
    • Generar basado
    • SKU
    • EAN
    • Imágenes

 

  • Administrador Claro Shop. En esta sección se podrá consultar:
    • Seguimiento de pedidos generados por la compra realizada desde Claro Shop.
    • Alta de pedido manual.4

 

  • Se integra un panel que permite ver información del pedido.

 

  • Si el usuario selecciona “Manual se debe de colocar la guia y al guardar la información, el pedido cambiara a “Embarcado”.

 

  • Al seleccionar “Automático – Claro shop”, se tendrá que generar la guia por medio del botón “Generar guia”, por lo que la información agregada en esta ventana, no realizara afectaciones sobre el estatus del pedido, sino se actualizara con el estatus de la tienda por medio de sincronización.

 

  • Se realiza en enlace del documento a una factura digital y se realiza el envio de las evidencias, en donde se adjunta el XML de la factura mas una foto de la entrega del producto, este último en caso de haber seleccionado el modo de envió manual. El estatus cambia a

“Entregado”.

 

  • Para envios automáticos el estatus cambia de “Embarcado” a “Entregado” posterior a realizar la sincronización.

 

  • Mediante el botón 5 ,se podrá consultar información específica del pedido, disponible sólo para pedidos automáticos.

 

  • Si se enlaza el pedido a una serie impresa el sistema enviará la siguiente alerta, en caso de seleccionar si , el documento generado no será válido como evidencia.
  • No se podrá realizar guias automáticas los dias Domingos.

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2) Lista de precio con impuestos incluidos. 

 

  • Se agrega el check de “Impuestos Incluidos” sobre el alta y modificación de lista de precios. Considerar que los precios colocados en estas listas deben incluir los impuestos.

 

  • Las listas de precios con impuestos incluidos solo están disponibles para el módulo de Claro Shop.

 perfiles

  • Se agrega la opción de Tiendas virtuales a las opciones de perfiles de usuario.

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  • Nueva versión del servidor de Licencias.

Se actualiza a  4.0.0.3

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  • Licencia de uso

 

Se realiza la actualización en la licencia de uso, el periodo de gracia cambia de 30 días a 5 días.

  • Asesor virtual.

 

Se cambia la funcionalidad del Asesor virtual, al presionar dicho botón, se estará mostrando la pagina del Centro de Asistencia en línea de aspel.com.

 

 

  • Compatibilidad con PROD 4 a partir de reinstalable 3.

 

Se debe de desinstalar la versión de PROD con la que estan trabajando e instalar el re-instalable 03 de PROD .

 

 

  • SAE Móvil Versión Web.

 

Ya no se tendrá disponible la versión de escritorio de SAE Móvil, los usuarios con versión anterior podrán seguir utilizando esta función.

CONOCE LOS PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRIBUCIONES

¿A qué se refiere las ‘contribuciones’?, ¿quién debe pagarlas y para qué? En este artículo te damos a conocer los principios generales de las contribuciones, desde su origen hasta los beneficios que otorga.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las contribuciones

 

principios_contribuciones

El término contribución es de suma importancia para el Derecho Fiscal, ya que gira en torno a los diversos tipos de contribuciones que existen, regulados en diversas leyes. El primer ordenamiento que debe ser revisado para tratar el tema es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Si revisamos la Constitución, nos encontraremos con que nuestro máximo ordenamiento utiliza en diversos artículos el sustantivo contribución o su plural contribuciones; sin embargo, no se encuentra una definición como tal del concepto en comento.

Sonia Vegas, en su libro Derecho Fiscal. Parte general e impuestos federales de Editorial Oxford, nos regala la siguiente definición de contribución:
Es la obligación legal de Derecho Público creada por medio de una ley para el sostenimiento de gastos públicos federales, estatales y municipales, sustentada en la proporcionalidad y la equidad.

Contribuciones fiscales en general

Según el Código Fiscal de la Federación (CFF), los sujetos obligados a contribuir al gasto público son:

Las personas físicas y las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. Las disposiciones de este código se aplicarán en su defecto y sin perjuicio de lo dispuesto por lo tratados internacionales de los que México sea parte. Sólo mediante la ley podrá destinarse una contribución a un gasto público específico.

Como podemos analizar, el primer párrafo del Artículo 1 del CFF regula los sujetos pasivos de la relación jurídico-tributaria. Es decir, pueden ser personas físicas y morales sin distingo alguno de su naturaleza; nacionales o extranjeros; personas morales civiles o mercantiles. Y pueden ser definidos como aquellos cuya situación jurídica coincide con la hipótesis general y abstracta contemplada en una ley como hecho generador de un crédito fiscal. Esta coincidencia genera un vínculo entre los sujetos activo y pasivo conocido como relación jurídico-tributaria, que tiene la característica de ser obligacional y admite ser definida como la posibilidad de que el sujeto activo —Estado (acreedor)— obligue al pago de una deuda fiscal al sujeto pasivo —contribuyente (deudor) — en los términos exactos consignados en la ley.

La Federación queda obligada a pagar contribuciones únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente.

Los estados extranjeros, caso de reciprocidad, no están obligados a pagar impuestos. No quedan comprendidas en esta exención las entidades o agencias pertenecientes a dichos estados.

Las personas que, de conformidad con las leyes fiscales, no estén obligadas a pagar contribuciones, únicamente tendrán las otras obligaciones que establezcan en forma expresa las propias leyes.

El artículo anteriormente transcrito es de suma importancia para entender la materia fiscal, ya que de él se desprenden los siguientes tópicos:

a) Sujetos pasivos de la relación jurídico-tributaria
b) La supletoriedad del propio CFF
c) El destino de las contribuciones

Relación jurídico-tributaria

Recordemos que los sujetos pasivos pueden ser personas físicas y morales sin distinción de alguna naturaleza; pueden ser residentes en México o en el extranjero; personas morales de naturaleza civil y mercantil. En su conjunto, pueden definirse como aquellos cuya situación jurídica coincide con la hipótesis general y abstracta contemplada en una ley como hecho generador del crédito fiscal. La coincidencia aquí descrita genera un vínculo entre los sujetos activo y pasivo, conocido como relación jurídico-tributaria, que tiene la característica de ser obligacional y puede ser definida como la posibilidad de que el sujeto activo —Estado (acreedor) — constriña al pago de una deuda fiscal al sujeto pasivo —contribuyente (deudor) — en los términos exactos consignados en la Ley.

Recordemos también que las obligaciones fiscales pueden ser de fondo o de forma. Las primeras —también conocidas en la doctrina como principales—, consisten en el pago de la contribución; y las segundas —secundarias o accesorias—, adoptan la multiplicidad de variantes que van desde presentar declaraciones, avisos, cumplir con requerimientos, citatorios o proporcionar información propia o de terceros, según la ley disponga.

Tratados internacionales

Recordemos que México tiene celebrados tratados internacionales en materia fiscal en diversos temas como:

a) Convenios de intercambio de información.
b) Tratados para evitar la doble tributación en el Impuesto Sobre la Renta.
c) Convención multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios (firmado el 7 de junio de 2017 y en espera de que entre en vigor).
d) Convenio sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal.

El señalamiento que hace el CFF de que se aplicará en defecto de las leyes fiscales especiales y sin perjuicio de los tratados internacionales de que México sea parte, es sobreponer estos en la jerarquía legal sobre aquél. Es la inserción expresa de la obligatoriedad de los Tratados en el Derecho Fiscal mexicano interno para que no quede duda su jerarquía legal, por lo que modificaciones posteriores a las leyes fiscales especiales o al CFF no alterarán la validez u obligatoriedad de aquellos.

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¿CÓMO HACER LA RENOVACIÓN EN LÍNEA DE LA E.FIRMA VENCIDA?

Cómo hacer la renovación en línea de la e.firma vencida?

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Conoce los pasos que debes seguir para poner al día la e.firma, sin importar que nos encontremos en la pandemia, ¡se puede gestionar en línea!

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) difundió el pasado 19 de junio de 2020 a través de su portal, una versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 y su Anexo 1-A en la cual se efectuó una adecuación mediante la regla 2.2.14. que establece los requisitos aplicables a la solicitud para generar o renovar el certificado de e.firma.

La regla mencionada anteriormente, entró en vigor el 22 de junio de 2020 y la misma establece una serie de pasos para la renovación de la e.firma vencida, a través de Internet, teniendo en consideración que la misma no tenga más de un año de vencida conforme a la ficha de trámite 106/CFF “Solicitud de renovación del Certificado de e.firma”.

Es importante señalar que no podrá efectuarse la renovación de la e.firma en aquéllos casos en que se tenga restringido su certificado conforme a los supuestos contenidos en el artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación.

Para poder efectuar el trámite de referencia hay que descargar e instalar la aplicación “SAT ID” en su dispositivo móvil o ingrese al Portal del SAT.

SAT_ID

Posteriormente hay que ingresar el RFC, número de teléfono móvil y correo electrónico personal, escribir el texto de la imagen del código captcha que aparece en la pantalla, capturar el código de confirmación, adjuntar o capturar la foto de su identificación oficial vigente con fotografía, grabar un video pronunciando la frase que la aplicación indique y firme autógrafamente.

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Una vez hecho lo anterior, deberá conservarse la solicitud firmada que el aplicativo le desplegará, guarde el número de folio asignado, una vez que el trámite sea revisado, recibirá una respuesta en cinco días hábiles posteriores a su solicitud y si la respuesta es positiva se enviará a sus medios de contacto registrados la autorización para renovar su certificado de e.firma a través de CertiSat web.

Es importante verificar que se cumplan con todos los requisitos aplicables, aproveches y efectúes el trámite correspondiente en línea lo que te permitirá no desplazarte a las oficinas de atención de servicios al contribuyente del SAT.

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Mejoras en el Re-instalable 37 de Aspel-SAE 7.0

ASPEL ICONO TIPO_SAESe integran dos opciones para cambiar el estatus de los números de serie que se encuentren dados de baja, ya sea por movimiento al inventarió de tipo entrada o desde el alta de una

 

  • Se incluye nueva clave de régimen fiscal 625 Régimen de las actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas.
  •   Corrección a instalación de estaciones de trabajo con actualizaciones de Windows 10.
  • Nuevas validaciones para el proceso de instalación de estaciones.  
  •   Equipo servidor:

    Se descargan todos los archivos de la ruta de instalación y los del directorio de acceso común (DAC), de igual manera se realiza la descarga del archivo “sae7_00.ver” en la carpeta

«Aspel-AL\Versiones” en el cual indicara la versión del re-instalable en cuestión.

•  Estación de trabajo:

 

  • En el equipo correspondiente a una estación de trabajo el proceso valida que el servidor ya se encuentre actualizado, en caso que se detecte una versión menor o mayor a la que se esté ejecutando el proceso de instalación se detendrá.

 

En este Re-instalable se incluyen mejoras al sistema, mismas que se detallan a continuación:

  •  Visualización de campos libres en una nota de venta enlazada de un pedido desde una estación remota.ID relacionado
  •  Mejora en la consulta de la vista previa de facturas al estar navegando entre documentos. ID relacionado 
  • Mantenimiento al formato de emisión para series personalizadas, mostrará los datos ingresados en la sección datos de expedición. ID relacionado

Mejoras en el Re-instalable 4 de Aspel-Banco 5.0

  • Coloca en la CxC de SAE la fecha de aplicación del movimiento generado en BANCO, desde la opción de captura masiva Cobro a clientes, homologando la funcionalidad que se tiene con el módulo de movimientos. .
  • Aplicación de movimientos en la agenda de movimientos de tipo cheque ya no muestra alerta de conversión de datos.
  • Aplicación de pagos en notas de ventas que fueron timbradas en una factura global por Aspel SAE.
  • Nuevas validaciones para el proceso de instalación de estaciones.
  • Equipo servidor:

Se descargan todos los archivos de la ruta de instalación y los del directorio de acceso común

(DAC), de igual manera se realiza la descarga del archivo “Ban5_00.ver” en la carpeta

“Aspel-AL\Versiones” en el cual indicara la versión del re-instalable en cuestión.

  • Estación de trabajo:

En el equipo correspondiente a una estación de trabajo el proceso valida que el servidor ya se encuentre actualizado, en caso que se detecte una versión menor o mayor a la que se esté ejecutando el proceso de instalación se detendrá.

Nota: Si en la estación ya se cuenta con un re-instalable anterior bastara con ejecutar Aspel-Al, para actualizarse.

  • Validación de anticipos por movimiento, el cual consiste en registrar uno por movimiento, esto aplica para abono a clientes y pago a proveedores.
  • Aplicación de movimiento de abono a clientes desde BANCO 5.0, con documentos que corresponda a la misma fecha de otro documento seleccionado previamente.


Tomar en cuenta que para poder observar las correcciones de las incidencias con interfaz SAE es necesario tener actualizado el sistema SAE 7.0 con el re- instalable 37.

Mejoras en el Re-instalable 2 de Aspel-PROD 4.0

ASPEL ICONO TIPO_PROD

 

✓ Se integra la funcionalidad de control en la fabricación de lotes en componentes, para los procesos de Fabricación directa y Fabricación automática.
✓ Fabricación directa y Fabricación automática Dentro de la ventana de fabricación directa, en la columna Lote se observa un botón, cuando algún componente tenga configurado el manejo de lotes.

 

✓ Entradas a fabricación: Se agrega un nuevo campo llamado “A fabricar” donde se especificará la cantidad del Producto Terminado que entrará a fabricación.
El campo por defecto se muestra vacío, se debe colocar la cantidad que se desee y con base a la cantidad ingresada se recalcula la cantidad del componente, así como su subtotal y el costo estimado.
El campo “A fabricar” no está limitado a la “Cantidad a fabricar” que se muestra por defecto, puede ser menor, mayor o igual.
Si el campo queda vacío, el cálculo de la cantidad, subtotal y costo estimado se hará de acuerdo a la “Cantidad a fabricar” especificada en la orden.
✓ Actualización de costos estimados (Remoto) Se implementa la funcionalidad de actualización de costos estimados en estaciones de trabajo remotas, teniendo la misma funcionalidad que se tiene actualmente en equipo servidor.
✓ Se optimiza el manejo de números de lote de la materia prima en los procesos de Entradas a fabricación, Devoluciones de fabricación y Panel de órdenes.
✓ Entradas a fabricación: Se cambia la funcionalidad de lotes en componentes en el  proceso de Entradas a fabricación de igual manera como en los procesos de fabricación directa y automática, sólo se mostrará el botón de lotes en la celda cuyo componente maneje lotes .
Teniendo asi la misma funcionalidad al seleccionar varios lotes o bien al seleccionar lotes correspondientes a otro almacen.
✓ Devoluciones de fabricación. Se habilita un botón en la columna de lotes para que el usuario seleccione a qué lotes se devolverá la cantidad que se desee del componente.
Al presionar el botón saldrá la ventana de “Lotes por componente”, de igual forma la ventana se abrirá al quitar el cursor de la columna “Cantidad a devolver” de la ventana de devolución, siempre y cuando la cantidad sea mayor a 0.
✓ Al guardar se validará que la suma de las cantidades ingresadas en Cant. a devolver sea igual a la Cant. a devolver de la ventana de devolución.
✓ Si no se asigna una cantidad a devolver a los lotes de algún componente no permitirá realizar la devolución.

✓ Panel de órdenes en la sección de Entrada a fabricación y Devoluciones de fabricación, en las partidas se agrego un botón para consultar los lotes que tiene asignado el componente.

✓ La ventana de Lotes por componente es únicamente informativo.
✓ Nuevas validaciones para el proceso de intalación de estaciones.
• Instalación en equipo servidor:
Se descargan todos los archivos de la ruta de instalación y los del directorio de acceso común (DAC), de igual manera se realiza la descarga del archivo “noi9_00.ver” en la carpeta “AspelAL\Versiones” en el cual indicara la versión del re-instalable en cuestión.
• Instalación en estación de trabajo:
En el equipo correspondiente a una estación de trabajo el proceso valida que el servidor ya se encuentre actualizado, en caso que se detecte una versión menor o mayor a la que se esté ejecutando el proceso de instalación se detendrá.

En este Re-instalable se incluyen mejoras al sistema, mismas que se detallan a continuación:

✓ Asignación de lotes en componentes dentro de los procesos de Fabricación Directa y Fabricación Automática.
✓ Optimización de la ventana Abrir Empresa, se muestran datos de licencia de uso.
✓ Mejoras en el módulo de productos terminados al avanzar en campos con la tecla Enter.
✓ Optimización al consultar ordenes desde el Panel de Órdenes. ID relacionado 9188.
✓ Alta de productos terminados con distinto número de almacén configurado en la planta.
✓ Actualización de estatus de las ordenes desde el Panel de Ordenes.
✓ Optimización al modificar productos terminados cuando se tienen los mismos componentes y diferente proceso.
✓ Mejora en acumulado de costos cuando se utiliza la misma materia prima con procesos
diferentes.

✓ Actualización de costo estimado en el detalle de la orden, al generar cambios en el producto terminado.
✓ Mejoras en acceso a empresa desde estación de trabajo remota, se muestra el Tablero de Ordenes.
✓ Optimización al modificar productos terminados, se guardan los cambios.
✓ Mejora en los procesos de entradas a fabricación para los componentes que manejan lotes, en SAE se muestra activo el botón de lotes y pedimentos.
✓ Actualización de costo en SAE al generar fabricación directa o automática de productos
terminados cuyos componentes manejan costeo PEPS.

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Mejoras en el Re-instalable 8 de Aspel-NOI 9.0

4x

 

Reporte fiscal de Nómina:
• Se emite desde el menú Fiscales / Impuesto mensual por trabajador.

3x

• En Adminstrador de reportes en el apartado Fiscales / Acumulados fiscales / Impuesto
mensual por trabajador.
• Se actualiza el formato para visualizar la parte derivada de los acumulados del mes que
corresponde al Subsidio al empleo e ISR y la parte referente del acumulado mensual.

2x

 

• Ingresos gravados y exentos: acumulado de percepciones gravables y exentas
correspondientes al mes incluyendo la nómina actual, toma como base la configuración de los calendarios del sistema.
• Acum Sub Empleo pagado: indica el monto acumulado a la nómina actual del total de
subsidio al empleo, esta información se obtiene de los acumulados de la nómina por detalle de trabajador.
• Acum ISR Retenido: muestra el acumulado del mes incluyendo el periodo de la nómina
actual del ISR retenido al empleado, esta información se obtiene del total del subsidio.
• Subs. Pagado de más: corresponde al subsidio al empleo que resultó no debió haberse
otorgado al empleado. Se puede comparar con la información de la deducción de ajuste de subsidio al empleo cuando al tener activado el parámetro “Desglosar percepciones /
deducciones SAT de cálculo en el recibo de nómina” y el apartado de “Otros pagos” del
comprobante XML cuando existe con clave 071 Ajuste en Subsidio para el empleo
(efectivamente entregado al trabajador)”.

• Subs. al Empleo pagado Mensual: resultado de la diferencia del Acum. Sub Empleo
pagado y Sub pagado de más, obteniendo el valor del “subsidio al empleo pagado” que se
debe declarar.
• ISR Mensual: diferencia entre el Acum ISR retenido y Sub Pagado de más, donde se obtiene el valor real que se debe declarar ante el SAT.
✓ Actualización al catálogo del SAT referente a claves correspondientes al nodo “Otros Pagos”:
• 009 – Reembolso de descuentos efectuados para el crédito de vivienda

Nueva validación para el proceso de instalación o actualización de re-instalable en estaciones de trabajo.
• Instalación en equipo servidor:
Se descargan todos los archivos de la ruta de instalación y los del directorio de acceso común (DAC), de igual manera se realiza la descarga del archivo “noi9_00.ver” en la carpeta “AspelAL\Versiones” en el cual indicara la versión del re-instalable en cuestión.

 

• Instalación en estación de trabajo:
En el equipo correspondiente a una estación de trabajo el proceso valida que el servidor yase encuentre actualizado, en caso que se detecte una versión menor o mayor a la que se esté ejecutando el proceso de instalación se detendrá.
✓ Exportación de la consulta “Acumulados de nómina” a Excel, se agrega la opción de generarlo como NOI 8.0 (Se optimiza el tiempo de exportación) o tabular como lo realiza actualmente NOI 9.0.

3x

 

 

✓ Interfaz con Aspel COI 8.0 se actualiza parámetros del sistema para seleccionar empresas mayores a 99.
✓ Mantenimiento en “Emisión de recibos electrónicos” en la consulta de recibos electrónicos de Finiquito e Indemnización de un trabajador.
✓ Optimización en la vista previa de recibos electrónicos que quedaron pendientes.
✓ Timbrado de recibos por indemnización o finiquito que quedaron pendiente ya no muestran leyenda “Otro proceso se encuentra modificando el mismo registro”.
✓ Se integra en un nuevo Dataset para formatos de tipo QR2 de recibos electrónicos que incluyen saldo anterior, monto de nómina y saldo actual.
✓ Optimización en registro de movimientos de ISR en nóminas de tipo “Ajustadas”.

✓ Mantenimiento en consultas al emitir reportes con fechas distintas al periodo en que se encuentra trabajando en el sistema.

✓ Emisión de recibos por concepto de Indemnización muestran tipo de nómina = E
(extraordinaria).
✓ Optimización en emisión de reporte desde la opción “Imprimir nómina de trabajador” en recibos correspondientes a indemnización.
✓ Actualización de proceso para agregar movimientos de tipo deducción en recibos de
indemnización.
NOTA: si la deducción ya se encuentra aplicada en el recibo de finiquitó o configurada como movimiento repetitivo sin límite es necesario darlo de baja y posteriormente ingresar al recibo de indemnización y cambiar el estatus del movimiento a alta.

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4 claves para armar equipos que funcionen de forma remota

trabaja desde casa

Tener empleados trabajando fuera de las instalaciones de la compañía es una práctica que los empresarios y emprendedores están adoptando cada vez más en México. ¿Por qué? En primer lugar, porque permite armar equipos más productivos, eficientes y saludables. Pero además, resulta una buena estrategia para atraer el mejor talento del mercado, sobre todo entre las nuevas generaciones.

Los números lo dejan claro: según algunos estudios, el 80% de las personas que trabajan desde su casa siente menos estrés, lo que les permite enfocarse mejor en sus tareas y mantenerse motivados. En esto tiene un gran peso el mayor balance que se logra entre la vida personal y profesional, gracias por ejemplo a que se deja de perder tiempo en el tráfico, o en reuniones improductivas en la oficina.

Sin embargo, es necesario hablar también de los desafíos de esta modalidad. Sobre todo en culturas como las latinoamericanas, donde a veces falta disciplina, puntualidad y capacidad de autonomía entre los colaboradores. Por eso, si están pensando en trabajar de manera remota con parte de tu equipo, es importante que tengas en cuenta estos cuatro consejos para poder hacerlo en forma exitosa.

1. Define funciones y metas claras

Cuando un empleado no asiste todos los días a las instalaciones de la compañía, es difícil determinar cuánto tiempo pasa realmente trabajando. Lo que necesitas es cambiar el foco por métricas que te permitan determinar resultados concretos: por ejemplo, la finalización de un estudio en cinco días hábiles, o la entrega en tiempo y forma de un reporte por la reunión con tres potenciales clientes. Este es un trabajo que necesitas hacer al inicio de cada período (por ejemplo, enero y julio, o por cada trimestre), y revisar en forma permanente.

2. Apóyate en la tecnología

Para poder avanzar en los proyectos y medir los resultados, es básico contar con un software que permita a los jefes y sus equipos mantenerse comunicados y al tanto de cada novedad. Hoy hay muchas plataformas disponibles, algunas incluso con versiones gratuitas, como Trello,  Asana o la más poderosa Slack. Recuerda que cada plan debe tener siempre un responsable, para dar seguimiento a los avances y permanecer alerta ante errores, retrasos o cambios de último momento solicitados por un cliente.

3. Mantén una comunicación fluida

¡Este punto es vital! Y para no descuidarlo, necesitas incorporar una serie de protocolos, reglas y herramientas. Por ejemplo, es básico definir los horarios en los que el empleado debe estar disponible, y a través de qué medios (¿Whatsapp o Skype?). Las videoconferencias (Zoom es una plataforma ideal) resultan muy útiles para tener un contacto más personal, ya que es posible ver las expresiones y el lenguaje corporal de nuestro interlocutor. Y no olvides realizar cada tanto encuentros en persona con los trabajadores remotos, tanto para ajustar detalles de los proyectos como para sumarlos a actividades de integración de todos los empleados, como talleres de capacitación o fiestas de fin de año.

4. Expande el alcance de la cultura de la compañía

Ahora, la misión, visión y valores del negocio deben enraizarse en el hogar de cada colaborador que trabaje desde su casa. Es un reto muy grande, pero alcanzable. Lo que necesitas hacer en primer lugar es promover en forma permanente la identidad de la empresa, por ejemplo a través de newsletters del área de Recursos Humanos, que recuerden sus lineamientos básicos e informen sobre acciones concretas para sostenerlos (como reconocer públicamente los logros de un trabajador, o realizar actividades solidarias durante algún fin de semana).

También es muy importante que la cultura organizacional funcione como un filtro durante el proceso de selección de nuevos integrantes del equipo remoto, para asegurarnos de que van a ser parte de ella y no un factor de conflicto.

EFECTOS LABORALES DERIVADOS DE CONTINGENCIA SANITARIA POR COVID-19

Es recomendable estar pendiente de la emisión de una posible Declaratoria de Contingencia Sanitaria por parte de nuestras autoridades correspondientes.

 

contingencia_sanitaria

En días recientes hemos enfrentado una situación de fase preventiva en materia sanitaria debido a la pandemia de Coronavirus (COVID-19), por lo que debemos recordar que nuestra legislación laboral prevé algunas situaciones en materia de contingencia sanitaria y la suspensión de la relación laboral colectiva.

Sobre el particular, el artículo 168 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), señala que en caso de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, no podrá utilizarse el trabajo de mujeres en periodos de gestación o de lactancia. Las trabajadoras que se encuentren en este supuesto, no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.
Cuando, con motivo de la declaratoria de contingencia sanitaria se ordene la suspensión general de labores, a las mujeres en periodos de gestación o de lactancia les será aplicable lo dispuesto por el artículo 429, fracción IV de esta Ley, es decir, el patrón no requerirá aprobación o autorización del Tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
Asimismo, el artículo 175 de la misma LFT, establece que se prohíbe la utilización del trabajo de los menores, entre otros casos, en caso de declaratoria de contingencia sanitaria y siempre que así lo determine la autoridad competente, no podrá utilizarse el trabajo de menores de dieciocho años. Los trabajadores que se encuentren en este supuesto, no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.
Por su parte el artículo 427 de la misma Ley señala que son causas de suspensión temporal de las relaciones de trabajo en una empresa o establecimiento, entre otras, la suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia sanitaria.
Adicionalmente, conforme al artículo 428 de la LFT la suspensión puede afectar a toda una empresa o establecimiento o a parte de ellos. Se tomará en cuenta el escalafón de los trabajadores a efecto de que sean suspendidos los de menor antigüedad.
Por lo anterior, si las autoridades sanitarias llegaran a declarar una contingencia sanitaria que suspenda temporalmente labores o trabajos, habría que observar lo siguiente, conforme a los artículos 168, segundo párrafo; 175, útimo párrafo; 427, fracción VII, 428 y 429, fracción IV de la LFT:
  1. La relación de trabajo en forma colectiva se suspendería temporalmente.
  2. La suspensión de labores o trabajos podría afectar a toda la empresa, establecimientos, sucursales, agencias o solo a una parte de ellos.
  3. Deberá tomarse en cuenta el escalafón de los trabajadores a efecto de que la relación laboral sean suspendida en primera instancia con los trabajadores de menor antigüedad.
  4. Los colaboradores no estarán obligados a prestar sus servicios, por lo que la relación laboral sigue vigente.
  5. Una vez que concluya la contingencia sanitaria, los colaboradores deberán regresar a su centro de trabajo.
  6. El patrón estará obligado a pagar a los trabajadores suspendidos (incluidas trabajadoras en periodos de gestación o lactancia, y trabajadores menores de edad) una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
  7. La suspensión de labores o trabajos, cuando la autoridad sanitaria así lo haga, en los casos de contingencia sanitaria, no requerirá de la aprobación o autorización de la autoridad laboral.
Por lo mencionado anteriormente, resulta muy recomendable estar al pendiente de la posible emisión de una Declaratoria de Contingencia Sanitaria por parte de nuestras autoridades que puedan derivar en una suspensión de las relaciones laborales en los centro de trabajo y ante este tipo de situaciones estar preparados con herramientas tecnológicas que nos permitan estar en contacto compartiendo información, datos y documentos para cumplir en la medida de lo posible con nuestras actividades laborales.

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