Tips para asentar de forma correcta el método de pago en el CFDI

A partir del 15 de julio todos los contribuyentes tienen la obligación de especificar el método de pago en sus facturas, de acuerdo con el catálogo establecido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿sabes cómo aplicarlo de forma adecuada?

 

CFDI_correcto

De acuerdo con la autoridad fiscal, cuando un contribuyente emite una factura electrónica o CFDI, a partir del 15 de julio se hace obligatorio incluir la forma en la que se saldarán los bienes y servicios amparados por el comprobante, es decir, el método de pago, el cual puede ser cheque, tarjeta de crédito o débito, depósito en cuenta, entre otros.

La especificación del método de pago en las facturas deberá hacerse con base en el catálogo de claves y descripciones publicado por el SAT el pasado 6 de mayo en su página de Internet.

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Si bien la autoridad fiscal señala que la obligación de determinar qué dato debe asentarse en el CFDI como método de pago es exclusivamente del contribuyente emisor del comprobante, es recomendable hacer uso de software administrativo que ayude a realizarlo de forma correcta para evitar caer en imprecisiones que hagan no deducible el CFDI.

A continuación te presentamos cuatro tips para que realices tu CFDI’s sin más complicaciones:

  1. Utiliza las expresiones correctas para el campo método de pago del CFDI, las cuales son: a) sólo clave del catálogo del SAT, b) clave y descripción del método de pago, o c) la expresión NA o una análoga.
  2. La clave “08 vales de despensa” se deberá usar cuando se trate de vales entregados en papel; y la clave “05 monederos electrónicos”, se utilizará cuando la prestación de despensa se otorgue a través de tarjeta electrónica.
  3. En caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, deberá seleccionarse cada una de las claves aplicables, empezando por la que corresponda a la forma con la que se liquida la mayor cantidad del pago, y así progresivamente hasta llegar al final a la forma con la que se liquida la menor cantidad del pago, separadas por una coma (,).
  4. Cuando se tenga un CFDI con varias operaciones y en algunas se identifique la forma de pago y en otras no, se podrá utilizar la clave “99” que corresponde a “Otros”. En caso de desconocer la forma de pago al momento de emitir el CFDI, se podrá usar la expresión “NA” o cualquier otra análoga.

¿Has enfrentado dudas respecto al llenado del campo método de pago en algunos de tus CFDI’s?

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Cloud : ¿Un nuevo dilema en las organizaciones modernas?

ERP Cloud : ¿Un nuevo dilema en las organizaciones modernas? – Evaluando ERP <style type=»text/css»> .wpb_animate_when_almost_visible { opacity: 1; }</style>

Durante casi dos décadas, el ERP funcionando desde las instalaciones de la empresa ha sido el modelo que prevaleció en la industria. La aparición de las tecnologías de computación en la nube produjo una tendencia creciente para que las empresas comiencen a evaluar el modelo ERP Cloud y, en muchos casos, migrar su estructura actual de sistemas.

Los sistemas ERP son el corazón de información de toda la empresa. Se trata de un software industrializado compuesto por un conjunto de módulos de software que tienen como objetivo apoyar e integrar todos los procesos clave de negocio a través de varias divisiones funcionales de una organización y mediante el uso de un repositorio único de datos.

Ha sido implementado en miles de organizaciones de todos tamaño, incluyendo PyMEs y en todos los continentes. Por tanto, se ha logrado construir un amplio conjunto de conocimientos que mejoraron su aprovechamiento.

CLOUD

 

Tradicionalmente, los recursos involucrados en un ERP, incluyendo datos, módulos de aplicaciones y los servidores de base de datos, están alojados internamente y mantenido por las empresas usuarias. Esto se llama ERP On Premise. Este enfoque, que sigue siendo el que prevalece, tiene ciertas desventajas tales como la alta inversión inicial, el tiempo y costo para actualizar el ERP instalado en diferentes computadoras de usuarios.

Estas desventajas propias del ERP On premise, cambian con el apoyo de las tecnologías de cloud computing. En el nuevo entorno de nube, los paquetes de ERP y los datos relacionados serán alojados en una infraestructura gestionada y controlada por un proveedor de servicios.

¿Qué es el Cloud Computing?     Ver video explicativo   

 

Las empresas pueden utilizar sus aplicaciones ERP y acceder a los datos como servicios bajo demanda a través de un navegador (browser), sin necesidad de instalar físicamente el sistema en una computadora local para almacenar los datos. Este modelo de implementación de ERP requiere menos inversiones en hardware, así como menos gastos. La empresa usuaria no se ocupa del mantenimiento y tampoco de su actualización. Por lo tanto, estas características dan lugar a una tendencia creciente para que las empresas consideren la migración de su aplicaciones ERP y bases de datos a la nube.

Por otra parte, los beneficios de las tecnologías del Cloud en general y del ERP en particular, parecen ser más enfatizadas por los proveedores de nubes, mientras los posibles obstáculos y desafíos relacionados con este nuevo método de implementación de ERP están siendo explorados y discutidos en la industria y en el sector académico.

 

Dada la complejidad inherente y la importancia de los sistemas de planeamiento empresariales, el ERP Cloud es sin duda una de las aplicaciones SaaS (Software as a Service) más valiosas e influyentes disponibles en el mercado. Por consiguiente, consideramos que el ERP Cloud debería ser la próxima ola del ERP.

Considerando la literatura existente del tema, los investigadores pueden identificar un número de temas de investigación significativos y no estudiadas asociados con el ERP Cloud, tales como:

  • Si bien los beneficios de la computación en nube en general han sido bien informado en el literatura, es interesante investigar más a fondo cómo estas características de las nubes pueden añadir valor a las soluciones de ERP, así como explorar qué nuevas ventajas puede ofrecer el ERP Cloud en comparación con los paquetes tradicionales on premise.
  • Una conclusión importante, que ha sido elaborada en estudios anteriores, es que el potencial fracaso de proyectos ERP on premise no puede atribuirse simplemente a los aspectos técnicos. Se deben considerar problemas de negocios, de la organización y de las personas. Las investigaciones futuras deberían dirigirse a conocer si los mismos factores de proyectos fallidos siguen siendo válidos en el contexto del ERP Cloud.
  • Un número considerable de investigaciones se han hecho para identificar temas específicos y riesgos (por ejemplo, la privacidad de los datos y los problemas de seguridad asociados), la adopción y uso de las tecnologías de nube en general. Es importante validar estos conclusiones generales de la nube en el contexto del ERP Cloud, así como para identificar e investigan cómo las características de avanzadas del modelo cloud pueden originar nuevos retos para la adopción y el uso del ERP Cloud.

[Infografía] Nueva Factura Electrónica CFDI 3.3

             movilidad

En estos últimos años el SAT ha realizado un diagnóstico a la estructura del CFDI actual, con la finalidad de encontrar áreas de oportunidad que faciliten el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

Como resultado se encontraron campos y rubros que impiden la fácil gestión de datos por parte de la autoridad, por lo que el SAT decidió actualizar el Anexo 20 e introduce la versión 3.3.

Descarga gratis la Guía: Los cambios más relevantes al Anexo 20 v3.3 y conoce las razones de esta actualización, así como 2 nuevos documentos que utilizaremos a partir de 2017, nuevas reglas de validación y mucho más.

Actualmente la Factura Electrónica más simple, tiene para su emisión, el registro de 17 campos mínimos requeridos; la nueva Factura Electrónica 3.3 requerirá únicamente el registro de 14. Esta nueva factura contendrá información más precisa sobre las transacciones en el momento en el que se realizan.

Asimismo el contar con una mayor precisión en los datos dará oportunidad a nuevas áreas de Simplificación Fiscal.

En la siguiente infografía explicamos los nuevos cambios y te recomendamos descargar gratis la Guía exclusiva del Anexo 20 en donde podrás consultar qué otros documentos surgieron a partir de esta actualización además de la Factura electrónica 3.3.

En estos últimos años el SAT ha realizado un diagnóstico a la estructura del CFDI actual, con la finalidad de encontrar áreas de oportunidad que faciliten el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

Como resultado se encontraron campos y rubros que impiden la fácil gestión de datos por parte de la autoridad, por lo que el SAT decidió actualizar el Anexo 20 e introduce la versión 3.3.

Descarga gratis la Guía: Los cambios más relevantes al Anexo 20 v3.3 y conoce las razones de esta actualización, así como 2 nuevos documentos que utilizaremos a partir de 2017, nuevas reglas de validación y mucho más.

Actualmente la Factura Electrónica más simple, tiene para su emisión, el registro de 17 campos mínimos requeridos; la nueva Factura Electrónica 3.3 requerirá únicamente el registro de 14. Esta nueva factura contendrá información más precisa sobre las transacciones en el momento en el que se realizan.

Asimismo el contar con una mayor precisión en los datos dará oportunidad a nuevas áreas de Simplificación Fiscal.

En la siguiente infografía explicamos los nuevos cambios y te recomendamos descargar gratis la Guía exclusiva del Anexo 20 en donde podrás consultar qué otros documentos surgieron a partir de esta actualización además de la Factura electrónica 3.3.

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Más preguntas y respuestas sobre “método de pago”

a autoridad fiscal agregó el 1 de agosto más detalle a sus respuestas sobre “método de pago”, donde además de incluir el fundamento legal de cada respuesta, adiciona nuevas interrogantes y ejemplos para aclarar el uso correcto.

preguntas_método_de_pago

A continuación presentamos los elementos que la autoridad fiscal agregó al documento “Preguntas y respuestas sobre Método de Pago“, en relación al uso del catálogo de método de pago publicado el pasado 6 de mayo en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016 y que tiene uso obligatorio desde el pasado 15 de julio.

En tono azul marcamos los cambios presentados en este nuevo documento con respecto a las preguntas previamente resueltas.

1. ¿Cuando se deba utilizar el “Catálogo de formas de pago” el valor del campo método de pago dentro del XML deberá contener la Clave o la descripción señalada en dicho catálogo?

El campo “método de pago” deberá contener siempre la clave numérica a dos posiciones conforme a dicho catálogo.

No obstante, el contribuyente también podrá incorporar adicionalmente en dicho campo tanto la clave, como la descripción consignadas en dicho catálogo.

Ejemplo: 01Efectivo

En el caso de la generación de facturas electrónicas a través de la aplicación “Mis cuentas”, ésta se realiza de forma simplificada, por lo que bastará con que el contribuyente seleccione en la aplicación la descripción de la forma de pago correspondiente. En el archivo XML generado y en representación impresa, únicamente aparecerá la descripción y no la clave numérica.

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32 de la RMF vigente.

2. ¿En dónde se debe registrar el dato “Método de pago” en el CFDI?

El dato de “método de pago” en términos de lo dispuesto por el artículo 29-A, fracción VII, los incisos a) y b) del Código Fiscal de la Federación (pago en una sola exhibición o en parcialidades), deberá registrarse en el campo o atributo denominado “forma de pago”.

Fundamento legal: Art. 29-A, fracción VII, incisos a), b) y c) del Código Fiscal de la Federación y Anexo 20 de la RMF vigente.

3. ¿El uso del “Catálogo de formas de pago”, aplica a todos los tipos de comprobante, es decir, a CFDI de ingreso, egreso y traslado y retenciones?

Sólo aplica para CFDI de ingreso y egreso.

Fundamento legal: Art. 29 y 29-A del CFF y Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

4. ¿En qué casos se debe utilizar la clave 08 vales de despensa y en qué casos la clave 05 monederos electrónicos?

La clave 08 debe utilizarse cuando se trate de vales entregados en papel.

La clave 05 debe utilizarse cuando la prestación de despensa se otorgue a través de tarjeta electrónica.

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

5. Si el pago se efectuó a través de distintas formas de pago, ¿cómo deberán de registrarse en el XML las claves contenidas en el “catálogo de formas de pago”?

En caso de aplicar más de una forma de pago en una transacción, deberá seleccionarse cada una de las claves aplicables, empezando por la que corresponda a la forma con la que se liquida la mayor cantidad del pago y así, progresivamente hasta llegar al final a la forma de pago con el que se liquida la mejor cantidad del pago, separadas por una coma (,).

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la FMF vigente.

6. ¿En qué caos aplica el uso del catálogo?

a) En las operaciones en las que los pagos se realicen a través de cajeros automáticos mediante el envío de claves a teléfonos móviles.

b) Cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en el que se expida el CFDI, o esta haya sido pagada antes de la expedición del mismo.

c) Cuando se conozca la información del método de pago al momento de expedir el CFDI.

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

7.  ¿Qué clave se deberá señalar en el CFDI que se emita por las operaciones realizadas con el público en general?

Se podrá asentar únicamente la clave “99” que corresponde a “Otros” en lugar de tener que seleccionarse cada una de las claves aplicables.

Esta misma solución podrá aplicarse en dicho CFDI cuando se tengan operaciones en dónde en algunas se identifique la forma de pago y en otras no.

Fundamento legal: Regla 2.7.1.24., y 2.7.1.32., de la RMF vigente.

8. Cuando el emisor al momento de emitir el CFDI no reciba la contraprestación y además desconoce la forma de pago en la que se efectuará, ¿cómo se registra el campo método de pago?

Se podrá incorporar la expresión “NA” o cualquier otra análoga.

Fundamento legal: 2.7.1.32., de la RMF vigente

9. Cuando el emisor al momento de emitir el CFDI no reciba la contraprestación, pero sí conoce la forma de pago en la que se realizará, ¿cómo se registra el campo método de pago? 

El emisor deberá registrar la información con la que cuente al momento de expedir el CFDI.

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

10. Cuando el emisor emita el CFDI y la contraprestación se realice con posteridad a la emisión del CFDI y en la forma de pago registrada inicialmente en el campo método de pago es “NA”, pudiendo ser distinta, ¿el CFDI es deducible?

El CFDI es deducible.

Fundamento legal: Art. 29-A del CFF y regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

11. ¿Son válidos los CFDI que en el campo método de pago se registre la clave numérica contenida en el Catálogo de formas de pago o se requiere que se registre la descripción de la forma de pago?

Los CFDI son válidos cuando en el XML el método de pago se registre de las siguientes maneras:

método_de_pago_ejemplos

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

12. En la representación impresa del CFDI, en el campo método de pago, ¿qué información se debe visualizar?

ejemplos_método_de_pago_1

Fundamento legal: Regla 2.7.1.32., de la RMF vigente.

Con estas preguntas, la autoridad fiscal busca esclarecer algunas dudas que se han generado en torno al uso correcto del catálogo de método de pago para los CFDI, así como la expresión “NA” y otra análoga. Asimismo se adicionan ejemplos.

Aquí puedes consultar el documento que publica la autoridad fiscal, o en la sección de Factura Electrónica (CFDI) en el apartado de Preguntas Frecuentes, Método de pago.

¿Las dudas que responde la autoridad fiscal te aclaran el panorama sobre el uso del catálogo de método de pago? ¿Cómo vas con esta obligación?

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