La materialidad de las operaciones se ha convertido en uno de los temas fiscales de mayor relevancia en México. Aunque este concepto no está expresamente definido en la legislación, se ha consolidado como un criterio esencial para validar la existencia real de las transacciones declaradas por los contribuyentes.
Ya no basta con contar con una factura (CFDI) valida o registrar una operación en la contabilidad; es necesario demostrar su realidad económica, jurídica y operativa.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la Prodecon y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) han contribuido al desarrollo e interpretación del concepto. En esencia, la materialidad exige demostrar que las operaciones amparadas en los CFDI efectivamente ocurrieron, que tienen sustancia económica y que contribuyen al objeto o propósito del negocio.
Fundamento legal y criterios fiscales sobre la materialidad
Aunque el término “materialidad” no aparece expresamente en el Código Fiscal de la Federación (CFF), existen diversas disposiciones que sustentan la obligación de probar la existencia de las operaciones:
- Artículo 5-A del CFF: regula la razón de negocios, que la autoridad puede aplicar cuando detecta operaciones sin sustancia económica.
- Artículo 69-B del CFF: faculta al SAT a presumir inexistentes las operaciones amparadas en CFDI cuando no se acredita su materialidad.
- Artículos 30 del CFF: obligan a conservar la contabilidad y documentación comprobatoria de las operaciones.
- Criterio sobre prácticas fiscales indebidas 44/ISR/PI: Deducción de erogaciones por concepto de prestación de servicios. No son deducibles si no se acredita que el servicio haya sido efectivamente prestado.
Además, los tribunales y la SCJN han señalado que la materialidad no puede acreditarse únicamente con CFDI, registros contables o flujos bancarios; se requiere evidencia objetiva que demuestre que las transacciones fueron reales y necesarias.
¿Cómo documentar la materialidad de las operaciones?
Para acreditar que una operación realmente se llevó a cabo y tiene sentido económico, se recomienda reunir evidencia que respalde todos los momentos del proceso: antes, durante y después. Los documentos más comunes incluyen:
- Justificación de la necesidad de la operación: explicar por qué fue indispensable para la empresa.
- CFDI con descripción específica del bien o servicio.
- Contrato o convenio firmado con detalle de objeto, monto y condiciones.
- Comprobantes de pago mediante transferencia o método bancarizado congruente con el CFDI.
- Evidencia de entrega o prestación: guías de envío, reportes, fotografías, actas o minutas.
- Comunicaciones con el proveedor o cliente: correos, mensajes o reportes que acrediten la relación comercial.
- Poder notarial del firmante, cuando sea aplicable.
- Trazabilidad del proveedor: evidencia de su capacidad humana y material para cumplir.
- Constancia REPSE, cuando se trate de servicios especializados.
- Secuencia cronológica coherente entre cotizaciones, contratos, CFDI, pagos y entregas.
Esta evidencia debe reunirse en un expediente de materialidad que soporte la deducción o acreditamiento ante cualquier revisión fiscal.
¿Cómo integrar la materialidad en la contabilidad?
Uno de los principales retos para las empresas es organizar toda esta documentación de manera práctica. Integrar la materialidad dentro de la contabilidad ayuda a mantener orden, trazabilidad y control operativo.
Recomendaciones básicas:
- Crear una carpeta o expediente por CFDI o proveedor.
- Relacionar en cada expediente los documentos clave: contrato, pago, entregables y evidencia.
- Revisar periódicamente operaciones sensibles o de alto valor.
- Usar herramientas digitales que automaticen la carga, clasificación y resguardo de documentos.
Con estos controles, las empresas pueden demostrar que sus operaciones son reales, coherentes y necesarias, evitando cuestionamientos del SAT.
















