¿CONOCES LAS NUEVAS INFRACCIONES EN CONTABILIDAD?

Conoce las novedades que se presentan sobre las infracciones, sanciones y multas en el incumplimiento de los requisitos de Contabilidad y comprobantes fiscales.

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El pasado 1 de junio de 2018 a través de la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF), de la Ley Aduanera, del Código Penal Federal y de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de  Hidrocarburos, se adicionaron supuestos de infracción en materia de Contabilidad y comprobantes fiscales, así como algunas multas y sanciones.
A continuación te presentamos las novedades:
Infracciones
En relación con lo anterior, a través del artículo 83 del CFF se adicionaron las siguientes
infracciones:
a) Contabilidad

  • No hacer los asientos correspondientes a las operaciones efectuadas; hacerlos
    incompletos, inexactos, con identificación incorrecta de su objeto o fuera de los plazos
    respectivos.
  • Registrar gastos inexistentes.

b) CFDI

  • No expedir el CFDI que ampare operaciones con el público en general (ticket
    electrónico).
  • No poner dicho comprobante a disposición de las autoridades fiscales cuando éstas lo
    requieran.

Multas

A través de la modificación del artículo 84 del CFF, se incrementó del 100% al 150% del
monto de la multa correspondiente a diversas infracciones relacionadas con la obligación de llevar la Contabilidad, cuando la autoridad tenga conocimiento de que dichas infracciones están vinculadas a la comisión del delito de cohecho ofrecido o pagado y exista sentencia firme condenatoria para el contribuyente.

Sanciones

También se modificó el artículo 111 del mismo ordenamiento para establecer pena de tres meses a tres años de prisión a quien oculte, altere o destruya, total o parcialmente los libros sistemas o registros contables, así como la documentación relativa a los asientos respectivos, que conforme a las leyes fiscales esté obligado a llevar o a quien estando obligado a tenerlos no cuente con ellos.
Asimismo se señala  que aplica esta misma pena a quien asiente con información falsa o
de manera inadecuada las operaciones o transacciones contables, fiscales o sociales, o
que cuente con documentación falsa relacionada con dichos asientos.
Cabe señalar que estas modificaciones entraron en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF, así que te invitamos a revisar todos los detalles.
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Diferencias entre Office 365 y Microsoft Office 2016

Office 365 vs Microsoft Office 2016

Ambas opciones gozan de enorme popularidad, aunque tienen sus diferencias, a pesar de que ambas son suites ofimáticas. Aunque ambas tienen cosas en común, hay otros aspectos que las diferencian y hay que tener en cuenta. Os contamos más a continuación.

Todo ordenador necesita hacer uso de una suite ofimática. En la actualidad la selección de este tipo de programas es mucho más amplia que hace un tiempo. Aunque una gran parte de los usuarios sigue haciendo uso de la suite ofimática de Microsoft, cuya versión más reciente es Microsoft Office 2016. También tenemos otras opciones como Office 365. Pero, ¿en qué se diferencian?

Office-365-Office-2016

Forma de pago

Una de las principales diferencias entre ambas es la forma de pago o suscripción. En el caso de que queramos usar Microsoft Office 2016, hacemos un pago único por la compra de la licencia. No tenemos que pagar dinero nunca más. De esta manera tenemos acceso a Word, Excel y PowerPoint para toda la vida. Aunque en estos casos no vamos a recibir actualizaciones en estos programas con nuevas funciones. Sólo si compramos una licencia de una nueva versión. Las únicas actualizaciones que recibimos son las de seguridad. Además, el soporte técnico se limita a la instalación.

Mientras que en el caso de querer usar Office 365 se paga anualmente o mensualmente, como el usuario desea. Así que no estamos comprando una licencia, además, el usuario decide el momento en el que quiere dejar de usar estos programas. Además, vamos a obtener actualizaciones con cierta regularidad en todos estos programas, y también contaremos con soporte técnico durante todo el tiempo que paguemos la suscripción.

Forma de pago

Una de las principales diferencias entre ambas es la forma de pago o suscripción. En el caso de que queramos usar Microsoft Office 2016, hacemos un pago único por la compra de la licencia. No tenemos que pagar dinero nunca más. De esta manera tenemos acceso a Word, Excel y PowerPoint para toda la vida. Aunque en estos casos no vamos a recibir actualizaciones en estos programas con nuevas funciones. Sólo si compramos una licencia de una nueva versión. Las únicas actualizaciones que recibimos son las de seguridad. Además, el soporte técnico se limita a la instalación.

Mientras que en el caso de querer usar Office 365 se paga anualmente o mensualmente, como el usuario desea. Así que no estamos comprando una licencia, además, el usuario decide el momento en el que quiere dejar de usar estos programas. Además, vamos a obtener actualizaciones con cierta regularidad en todos estos programas, y también contaremos con soporte técnico durante todo el tiempo que paguemos la suscripción.

Número de equipos/cuentas

Si compras una licencia de Microsoft Office 2016 la vas a poder usar en un único equipo. Por lo que será en tu ordenador portátil o de sobremesa. Pero no la vas a poder usar en más ordenadores, a no ser que compres varias licencias para que las puedas instalar en varios equipos. Pero tienes esta limitación cuando decidas apostar por esta versión.

Si elegimos Office 365, en función de la versión que selecciones, podemos tener hasta cinco cuentas diferentes. Por lo que varias personas en nuestra casa pueden tener acceso a los programas de la suite de manera sencilla. Además de tener la posibilidad de acceder desde distintos dispositivos, ya que Office 365 lo podemos usar en el ordenador, tablet o teléfono móvil. Así que nos da la opción de acceder desde donde queramos sin importar el lugar.

Almacenamiento en la nube

Como ya sabéis, Microsoft tiene su propio sistema de almacenamiento en la nube que es OneDrive. Viene ya por defecto en los ordenadores con el sistema operativo. Por lo que podemos hacer uso de esta opción si queremos una copia de seguridad. Si tenemos una cuenta de Microsoft Office 2016, no recibimos espacio de almacenamiento adicional al que ya tenemos.

 

Pero, en el caso de apostar por Office 365 obtenemos 1 TB de almacenamiento en la nube por usuario, en caso de que apostéis por la versión Hogar que nos da hasta cinco usuarios. Esto viene incluido en el precio de la suscripción, por lo que no incurrimos en costes adicionales. Una buena manera de tener espacio extra para guardar nuestros documentos y evitar que se pierdan.

Número de equipos/cuentas

Si compras una licencia de Microsoft Office 2016 la vas a poder usar en un único equipo. Por lo que será en tu ordenador portátil o de sobremesa. Pero no la vas a poder usar en más ordenadores, a no ser que compres varias licencias para que las puedas instalar en varios equipos. Pero tienes esta limitación cuando decidas apostar por esta versión.

Si elegimos Office 365, en función de la versión que selecciones, podemos tener hasta cinco cuentas diferentes. Por lo que varias personas en nuestra casa pueden tener acceso a los programas de la suite de manera sencilla. Además de tener la posibilidad de acceder desde distintos dispositivos, ya que Office 365 lo podemos usar en el ordenador, tablet o teléfono móvil. Así que nos da la opción de acceder desde donde queramos sin importar el lugar.

Almacenamiento en la nube

Como ya sabéis, Microsoft tiene su propio sistema de almacenamiento en la nube que es OneDrive. Viene ya por defecto en los ordenadores con el sistema operativo. Por lo que podemos hacer uso de esta opción si queremos una copia de seguridad. Si tenemos una cuenta de Microsoft Office 2016, no recibimos espacio de almacenamiento adicional al que ya tenemos.

Pero, en el caso de apostar por Office 365 obtenemos 1 TB de almacenamiento en la nube por usuario, en caso de que apostéis por la versión Hogar que nos da hasta cinco usuarios. Esto viene incluido en el precio de la suscripción, por lo que no incurrimos en costes adicionales. Una buena manera de tener espacio extra para guardar nuestros documentos y evitar que se pierdan.

Mas información: Portalcade.com

SELECCIONANDO UNA SOLUCIÓN Automatizada de Tiempo y Asistencia

Estableciendo una fuerza de trabajo

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La mayoría de las empresas, independientemente de su tamaño, están bajo presión para asignar recursos de mano de obra y para controlar costos eficazmente. Sin embargo, también requieren balancear las complejidadesde la fuerza laboral, las presiones competitivas y los presupuestos y soporte limitados de TI. Esto deja muy poco margen de error en identificar una solución.
A través de 35 años en la industria, miles de entrevistas con clientes y una serie de reportes de investigación de terceros, nuestros clientes citan las presiones competitivas y la necesidad de controlar costos como sus problemas de negocios más críticos. También en forma uniforme, coinciden en señalar que el controlar la nómina y los costos relacionados con la mano de obra son preocupaciones clave. Aconsejan que, debido a
que el tiempo y asistencia es una función que afecta a cada departamento, es importante lograr la participación y el apoyo multifuncional antes de cambiar el sistema vigente.
Los clientes participantes recomendaron establecer una fuerza de trabajo multifuncional como el primer paso crítico para seleccionar un sistema automatizado. Esto permite que los tomadores de decisiones compartan información vital y que se sientan involucrados en el proceso de selección del proveedor desde el inicio. Tan lógico como este consejo parece, muchas empresas que encuestamos no iniciaron su proceso de selección
creando una fuerza de trabajo y, después de muchas salidas en falso, reconocieron la necesidad.

La fuerza de trabajo organiza la información acerca de las necesidades de diversos departamentos y del proceso vigente. Los miembros también promueven el entendimiento y la cooperación de cada departamento, los cuales son vitales al transicionar exitosamente a la automatización o al actualizar un sistema antiguo.

¿Quiénes están en el equipo y que hacen?

Una fuerza de trabajo típica está compuesta entre tres a cuatro personas. Usted debe asignar a un moderador para coordinar las actividades del comité y para supervisar todos los aspectos del proceso de selección.
Identifique participantes que tengan el tiempo y la motivación para efectuar un buen trabajo. Y asegúrese de contar con una muestra representativa de gerentes, personal de TI y personal de nómina. Algunas empresas aumentan la fuerza de trabajo con un grupo de empleados que asesoran para fomentar e incorporar una amplia gama de ideas de los usuarios de línea. Eso también ayuda a fomentar la aceptación de la solución después de que se implemente.

Formulando un plan de proyecto

Tan pronto sea posible, su fuerza de trabajo debe llevar a cabo una reunión inicial y formular un plan de proyecto. El plan escrito debe incluir fechas de vencimiento y definiciones claras acerca de las responsabilidades individuales.

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siguenos : portalproductividad.com

TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN FISCAL, REQUISITOS DE APLICACIÓN

Tratados para evitar la doble imposición fiscal, requisitos de aplicación

 

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Con la finalidad de abatir los efectos de la doble tributación,
tanto la OCDE como la ONU y el Departamento del tesoro de
los EUA, se dieron a la tarea de estudiar, formular y promover
los mecanismos legales de alcance internacional, a través de
convenios tributarios.
Los modelos de convenio propuestos por estas instancias se utilizan en el siguiente orden
jerárquico:
1) Los de la OCDE
2) Los del Departamento del tesoro
3) Los de la ONU
En lo que se refiere a los tratados tributarios internacionales, es importante saber que
éstos son documentos legales de alcance extraterritorial, cuyas partes firmantes ostentan el nivel de Estados soberanos dispuestos a limitar o ceder parte de su soberanía por el mero hecho de conceder.

En ellos se especifican los siguientes:
Beneficios fiscales a los sujetos residentes en uno de los países socios, por tratado, y
receptores de ingresos repatriados desde el país de la fuente.

Derechos recaudatorios al Estado fiscalizador de los ingresos que hayan sido omitidos
por los sujetos inscritos a su padrón de contribuyentes, como resultado de las
operaciones celebradas entre éstos y sus partes relacionadas residentes o ubicadas en el
extranjero.

De los beneficios fiscales a residentes en el extranjero, es importante saber que los
tratados confieren beneficios fiscales a través de:

Las tasas de equilibrio: que son los porcentajes de retención aplicados a residentes en
el extranjero en su calidad de generadores de riqueza originada en el Estado de la
fuente, inferiores a las tasas contenidas en la legislación de este último en materia de
rentas.

  • La neutralidad tributaria: es la legalización de métodos específicos, con base en los
    cuales las administraciones tributarias conceden un crédito fiscal a los contribuyentes
    que generan ingresos en el extranjero, con el objeto de augurar equidad tributaria
    para sus planes de globalización.

 

Para efectos de los convenios, la base tributaria se clasifica en ingresos tutelados y no
tutelados, según se muestra a continuación:

 

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Ingresos tutelados son aquellos que se encuentran protegidos, amparados y regulados
expresa y particularmente por los convenios, a efectos de obtener un beneficio fiscal.
Mientras que los no tutelados son ingresos considerados dentro de la estructura de los
tratados como “Otras rentas”.
Se les aplican las disposiciones locales del país de la fuente, al menos en los convenios
bilaterales de los que México forma parte, siempre y cuando el ingreso gravable no constituya un beneficio empresarial, ingreso gravado sólo en el Estado de residencia, salvo que opere para los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente (EP) en el extranjero, porque también podría atribuirse el ingreso a éste como se verá enseguida.

En lo que se refiere a los derechos recaudatorios, éstos son concedidos de un Estado a otro fundamentalmente con la aplicación de la cláusula 7 de los convenios, que tratan sobre los beneficios empresariales (ingresos atribuibles).
¿Qué es específicamente? No se sabe con certidumbre porque el artículo 3 de los convenios (que trata de las definiciones de conceptos) no lo contempla.
Lo que se define en su inciso c) que una empresa de un Estado contratante y una empresa del otro Estado contratante significan, respectivamente, una empresa explotada por un residente de un Estado contratante y una empresa explotada por un residente del otro Estado  contratante. Dicha definición, la verdad no ayuda mucho.
No obstante, para comprender qué son los beneficios empresariales, el párrafo 2o. de la
cláusula 3 del convenio, apunta: “Para la aplicación del convenio por un Estado contratante, cualquier expresión no definida en el mismo tendrá, a menos que de su contexto se infiera una interpretación diferente, el significado que se le atribuya por la legislación de este Estado relativa a los impuestos que son objeto del convenio”.
Eso significa que hay que recurrir a la ley doméstica en ausencia de lo dispuesto por los
tratados (jerárquicamente superiores a las Leyes Federales e inferior a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos –CPEUM-, acorde al artículo 133 de esta última y al 5 de  la  ISR).
De esta manera, quienes no se encuentren expresamente identificados en cláusulas
independientes, son los que restarían al conjunto de beneficios empresariales no regulados expresamente en el convenio.

Estos sólo habrán de ser gravados por el Estado del cual es residente, la empresa que perciba ingresos (por ejemplo, una empresa de EUA cuando, de México -país de la fuente-, se realiza un pago al extranjero).
En esta situación, el país de la fuente -México- cede el derecho recaudatorio al Estado -país de residencia- al que pertenece la empresa perceptora.
¿Tienes dudas sobre este tipo de acuerdos y la forma de utilizarlos de forma adecuada? No olvides poner tus dudas en los comentarios.

 

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5 consejos para escoger tu proveedor de ciberseguridad

Al parecer, el panorama de la ciberseguridad está abarrotado. Cuando hay que escoger un la solucion de ciberseguridad, muchas soluciones pueden parecer iguales: todas presumen de un impresionante historial de éxitos y proporcionan distintos niveles de valor a los proveedores de servicios gestionados (MSP por sus siglas en inglés).

Pero siempre hay diferencias fundamentales entre los distintos de software para MSP que no se deberían ignorar. A continuación, te damos cinco consejos para que puedas elegir con criterio para la solucion de ciberseguridad con el que puedas trabajar durante un largo periodo sin arrepentimientos.

 

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1. Prioriza el rendimiento

Independientemente del proveedor que elijas, es tu reputación la que se verá involucrada cuando un cliente sufra una brecha o un ataque dirigido. Así que, ¿cómo puedes predecir los resultados del mundo real que determinarán el éxito de tu acuerdo de proveedor de servicios gestionados? No te dejes llevar por el marketing, recurre a pruebas independientes para dar con una lista objetiva de las organizaciones de ciberseguridad más efectivas del año.

Pero una sola prueba no es suficiente. Para dar con una compañía que esté constantemente en la cima, hay que comprobar la cantidad total de pruebas en las que ha participado y cuántos primeros lugares ha conseguido. Es una mala señal que una compañía evite las pruebas independientes para esconder su debilidad. Los mejores proveedores siempre están dispuestos a que les realicen pruebas.

2. Cuidado con los que se centran en una sola cosa

Las empresas emergentes lo llamarán “especialización”, pero limitar las formas de detener las amenazas puede ser muy peligroso. Encuentra un proveedor que ofrezca más que protección antimalware (mucho más). Desde el ransomware hasta el phishing y las amenazas persistentes avanzadas (APT), los ciberdelincuentes llegan a las empresas desde todos los ángulos. Los clientes necesitan una protección versátil para sus entornos físicos, móviles y virtuales.

El proveedor de ciberseguridad correcto puede ahorrarte tiempo y esfuerzos a largo plazo, ya que es más fácil gestionar una solución polifacética de un único proveedor que muchas soluciones. Además, cuando las tecnologías propias trabajan juntas sin problemas, no tendrás problemas de integración.

3. Consigue un soporte técnico de calidad

Los problemas técnicos son inevitables. Y cuando se requiere asistencia urgente, necesitas un proveedor de seguridad que te respalde. Si tardan en responder o carecen de habilidades técnicas o interpersonales, podrías sufrir ciberataques, pérdidas financieras y daños en tu reputación.

Empieza buscando un soporte local que esté disponible las 24 horas del día y los 7 días de la semana. Y realiza un estudio preliminar para saber más sobre lo que ofrece y su reputación. ¿Han recibido algún reconocimiento por parte de la industria?

4. Comprueba el enfoque del canal

La competencia en el mundo de los MSP de ciberseguridad puede ser muy agresiva y cada vez crece más. Se prevé que el mercado global de servicios de seguridad gestionados alcance los 29,900 millones de dólares en 2020 (según Allied Marketing Services: Global Managed Security Services Market – 2013 – 2020). La buena noticia es que si eliges una organización de ciberseguridad comprometida con las ventas orientadas a canales, no tendrás que preocuparte por competir con tu proveedor.

Un proveedor que se centra en el canal está motivado a proveerte con los conocimientos, herramientas y recursos que necesitas para vender. Tu éxito es su éxito. También es más probable que te beneficies de incentivos financieros y otras ofertas para vender de forma más fácil y rentable.

5. Recuerda tu márketing

No importa la empresa que escojas como proveedor de ciberseguridad, tendrás que seguir generando leads y comunicándote con los clientes. Si encuentras una organización dispuesta a ayudarte, destacarás entre la competencia.

Descubre si tu posible proveedor ofrece una variedad de recursos de marketing o solo algunos. Necesitarás materiales de alta calidad como logotipos, plantillas y presentaciones. También es importante preguntar cómo puedes contactar con ellos. ¿Es contacto directo o tienes que hacer una llamada y esperar a su respuesta?

Ahora que tienes tu plan de acción, llegó la hora de que empieces tu búsqueda. Recuerda que es importante centrarte en los hechos y pensar a largo plazo cuando buscas un tu solucion e ciberseguridad.

 

buscanos:  portalseguridad.com.mx

Cancelación de CFDI – Cuando SI y cuando NO solicitar aprobación del receptor

Al cancelar un Comprobante Fiscal Digital por Internet a partir del 1ro de julio de 2018, se tendrán que considerar las disposiciones fiscales aplicables en el CFF y la Resolución Miscelánea Fiscal de 2018. En el artículo 29-A del CFF indica que para cancelar un CFDI solo se podrá realizar cuando el receptor acepte la cancelación.

 

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También se menciona que el SAT establecerá la forma y los medios para que la aceptación a dicha petición por parte del emisor llegue al receptor, para que acepte o rechace la cancelación del CFDI.

En la Resolución Miscelánea Fiscal vigente se posterga la aplicación del artículo 29-A del CFF, solo en la parte que menciona que los CFDI´s podrán ser cancelados con la autorización del receptor.

OCTAVO.              Para los efectos del artículo 29-A, cuarto y quinto párrafos del CFF y Artículo Sexto, fracción I de las Disposiciones Transitorias del CFF publicado en el DOF el 30 de noviembre de 2016, las reglas 2.7.1.38. y 2.7.1.39., serán aplicables a partir del 1 de julio de 2018.

Aceptación de cancelación solo en Buzón Tributario

Si bien esta nueva disposición a aplicar beneficia al receptor del CFDI al proteger que el emisor no cancele de forma arbitraria una factura electrónica, afectando la posibilidad de deducción para el Impuesto Sobre la Renta o el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado por parte del receptor; también obliga al contribuyente que quiera ampararse contra esta práctica, a darse de alta en el buzón tributario.

El darse de alta en el buzón tributario, no solo implica que recibirán notificaciones de solicitudes de cancelación de CFDI recibidos, también será utilizado por la autoridad para hacer llegar notificaciones al contribuyente.

¿A quiénes aplica?

Con el fin de no alarmar de más a los emisores y receptores de CFDI´s con este próximo cambio, les dejamos los casos en los que SI se necesita la autorización del emisor y los casos en los que NO se tiene que realizar ninguna solicitud.

¿Cuándo SI se necesita la autorización del receptor?

Existen muchos casos por los que un CFDI puede ser cancelado, entre los más comunes encontramos los siguientes:

  1. Error en los datos del emisor, por ejemplo, el régimen fiscal puede ser modificado y no validado por parte del PAC al momento de timbrar.
  2. Error en la forma y método de pago, se tendría que cancelar el CFDI si la forma de pago se realizó por transferencia y en el CFDI se acento como efectivo.
  3. Mala asignación de las claves de productos y servicios, incluyendo la descripción.
  4. Por no recibir el pago de la factura electrónica por parte del receptor, esta sería la más común, pero también la que más dolores de cabeza van a traer a los emisores.

Cualquiera que sea el motivo de cancelación, el emisor tendrá que solicitar la cancelación de un CFDI a través del buzón tributario y esperar la respuesta a más tardar 72 horas después por parte del receptor (regla 2.7.1.38).

Lo anterior aplica para cancelar un CFDI de ingresos por más de 5 mil pesos y que este haya sido emitido después de 72 horas.

Casos en los que NO se necesita

Al resultar muy confusa la modificación del artículo 29-A del CFF, se publicó la regla 2.7.1.39, que menciona en qué casos NO se debe contar con la autorización del receptor.

  • Que amparen ingresos por un monto de hasta $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N).
  • CFDI´s de nómina emitidos a los asalariados o asimilados.
  • CFDI´s de egresos, como son notas de crédito por devoluciones o bonificaciones.
  • Por CFDI de traslado en el caso de transporte de mercancías.
  • Los CFDI´s expedidos a contribuyentes del RIF.
  • Emitidos a través de la herramienta electrónica de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”.
  • Que amparen retenciones e información de pagos.
  • Expedidos en operaciones realizadas con el público en general de conformidad con la regla 2.7.1.24.
  • Emitidos a residentes en el extranjero para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26.
  • Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición.

Se hace énfasis en el último supuesto de cancelación, ya que esta excepción puede aplicarse, aunque el CFDI rebase los 5 mil pesos.

¿Qué pasa si el receptor no responde?

Dado a que la notificación se realiza a través del buzón tributario del SAT, el receptor necesita estar dado de alta en la herramienta para ser notificado. El emisor al realizar la cancelación a través de dicho aplicativo podrá o no obtener respuesta por parte del receptor.

Si después de 72 horas no se recibe respuesta por parte del receptor, la solicitud de cancelación se dará por aceptada.

Recomendación

Es necesario que los contribuyentes que con regularidad cancelen CFDI´s, conozcan el impacto de esta nueva política de cancelación de CFDI’s que marca el SAT. Establezcan controles para adaptarlas a las actividades del departamento de facturación de la empresa, antes del 1ro de julio de 2018, que es el día que entra en vigor este nuevo procedimiento.

 

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Mejoras en el Re-instalable 08 de Aspel-COI 8.0

En este Re-instalable se incluye lo siguiente:
 Se incluye el ejercicio 2018 para la descarga CFDI del SAT.

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En caso de que al ingresar a una empresa muestre un mensaje similar a «No se pudo crear la tabla ‘DOCTOSFISCALES», llevar a cabo el siguiente procedimiento:
1. Ubicar el archivo TradetiqCOI.xml en la ruta C:\Program Files (x86)\Common
Files\Aspel\Sistemas Aspel\COI8.00
2. Eliminar el archivo y reparar el sistema con el último reinstalable, verificar que el archivo tenga fecha del 18/04/18.
3. Entrar al sistema y dentro de control de archivos seleccionar la opción “instalación
automática”.

Aspel-SAE 7.0 Re-instalable No. 16

En este Re-instalable se incluyen mejoras al sistema, mismas que se detallan a continuación:

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 En el detalle de clientes y proveedores en el campo RFC de los datos generales se agrega un botón para Validar el RFC capturado. Esta opción está disponible desde el alta, consulta, modificación y desde el alta de documentos, cuando se registre un nuevo cliente o proveedor.

 Generación de CFDI con retención de IEPS por tasa. Este impuesto podrá ser calculado sobre precio base o sobre el acumulado 1.
 Generación de documentos de compras y ventas aplicando un descuento del 100%.
 Al emitir una factura digital enlazada de una cotización, pedido o remisión con descuento del 100%, se mostrará la venta de condición de pago para indicar el uso de CFDI, Forma de pago SAT y Método de pago.
 Cuando se genere un documento digital con partidas que contengan un descuento al 100%, en el XML no se desglosaran los impuestos de dichas partidas.
 En los totales de documentos de cuentas por cobrar, cuentas por pagar y detalle del cliente y proveedor los montos se estarán visualizando a 2 decimales. Esta opción permite mostrar los montos iguales en el sistema, PDF y XML. Id relacionados: 7601, 7442, 7402, 7287, 7534

 Al tener habilitado el parámetro Factura electrónica, en la definición del porcentaje del esquema de impuestos se podrá capturar hasta 4 decimales, una vez actualizado el sistema al re-instalable No. 16 los impuestos definidos previamente se ajustarán a 4 decimales de forma automática.
 En nuevas bases de datos, se aplicará la configuración por omisión en esquemas de
impuestos a “No aplica” en la columna “Aplicar sobre”, para los impuestos que tengan
asignada la opción “Exento”.
 Al manejar grupos de productos, se respetará el esquema de impuestos de cada
componente.
 Generación de CFDI con complemento de comercio exterior y fracción arancelaría
“84213904” y “61091002”. ID relacionado 7661, 7150.
 Emisión de comprobantes con RFC receptor que contengan Ñ. ID relacionado 7649.
 Generación de CFDI con distintos esquemas de impuestos. ID relacionados 7643, 7633,
7608, 7603, 7595, 7547, 7575, 7494, 7490, 7389.
 Al generar factura global con productos de tipo servicio, se desglosará los montos de IVA y del importe total en el XML y Aspel Visor CFDI. ID relacionado 7634.
 Proceso de mantenimiento en la facturación global de notas de ventas. ID relacionado 7587,7554, 7535, 7566. 7336
 Se mantiene la configuración del formato QR2 en series personalizadas al actualizar de
reinstalable, ID relacionado 7583.
 Al realizar la cancelación de documentos con series personalizadas, no mostrara el mensaje “List index out of bounds (-1)”. ID relacionado 7552.
 Al generar documentos digitales con el parámetro “Mostrar kit y componentes”, se desglosa los componentes del kit en el XML. ID relacionados 7541, 7388, 6961.
 En el proceso de Ajuste cambiario, mostrara los saldos de los clientes afectados de maneracorrecta. ID relacionado 7528.
 Al generar el enlace de documentos Factura – Devolución o Devolución directa, se respetarael método de pago seleccionado en el alta del documento. ID relacionado 7471.
 Se mostrara información correcta de los números de serie y pedimentos aduanales en XML. ID relacionado 7420, 7367.

 Se enviará las facturas por correo electrónico desde estaciones remotas y locales. ID
relacionado 7377, 6973.

 Al generar documentos digitales que contengan una addenda y una tasa de impuesto del 0%, no se establecerá el valor “NAN”. ID relacionados 7335.
 En el detalle del cliente, bitácora de movimientos se mostrará los montos de los documentos enlazados. ID relacionado 7255.
 En Facturación web, se generará correctamente la factura, sin mostrar mensaje “No se pudo generar la factura por favor comuníquese a la tienda”. ID relacionado 6972.
 Al emitir reportes mediante terminal server, se mostrarán correctamente los iconos de la barra de herramientas. ID relacionado 6705.
 En módulo de ventas y compras, al habilitar la Agrupación y configuración de totales,
mostrara una coma de separación de miles. ID relacionado 6637.

 

 

INVENTARIOS OBSOLETOS. ¿SON DEDUCIBLES FISCALMENTE?

¿Sabes qué se puede hacer con los inventarios con productos rezagados?Conoce cuáles son las principales causas por las que falla un inventario y el proceso que se puede seguir para ser deducibles, fiscalmente hablando.

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En las organizaciones, hemos observado que nuestros productos, materias primas: materiales Indirectos, artículos listos para su venta, etc., con el paso del tiempo se vuelven inventarios de lento movimiento u obsoletos, ya sea por el uso de nuevas tecnologías o por el desuso de los bienes que vendemos.

Esto no precisamente es indicativo de errores en la estrategia de venta o de un mal
funcionamiento, ya que la misma dinámica del mercado y las innovaciones tecnológicas van  dejando en rezago a los productos novedosos que en su momento cubrían las demandas y  necesidades de los clientes.

¿Cuáles son las fallas en el proceso que pueden producir la obsolescencia de un inventario?

Entre algunos ejemplos que nos ha tocado observar en el día a día de las organizaciones
podemos mencionar que:

  • Se mantienen inventarios muy altos para respaldar la variabilidad de la operación.
  • No se vigilan los inventarios de lento movimiento.
  • Se pierde el control de los cambios solicitados por los clientes
  • No se aplica PEPS como regla diaria

 

No obstante, es posible que los inventarios obsoletos: mercancías y productos de
empresas/entidades sean deducibles fiscalmente cuando

  • El Importe de las mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados, en existencia, que por deterioro u otras causas no imputables a los contribuyentes, de acuerdo a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) hubiera perdido su valor: y que durante el ejercicio en que esto ocurra (siempre que se trate de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud), antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles: dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentacion, vestido, vivienda o salud de personas, sectores comunidades o regiones, de escasos recursos.

No se podrán ofrecer en donación aquellos bienes que en términos de algún
ordenamiento jurídico, relacionado con el manejo, cuidado o tratamiento de dichos
bienes, prohíba expresamente su venta, suministro, uso o establezca otro destino                para los mismos.

  • Cuando a criterio de cada una de las entidades, las pérdidas de bienes, por caso
    fortuito o fuerza mayor, que no se reflejen en el inventario, sean deducibles en el
    ejercicio en que ocurran. La pérdida será igual a la cantidad pendiente de deducir a la fecha en que ocurra el evento.

 

  • El costo de las mercancías que se enajenen, así como el de las que integren el
    inventario final del ejercicio: se determinará conforme al sistema de costeo absorbente sobre la base de costos históricos o predeterminados. En todo caso, el costo se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación de los bienes de que se trate. En ningun caso se dará efectos fiscales a la revaluación de los inventarios o del costo de lo vendido.

 

Los contribuyentes que destinen parte de sus inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, al consumo propio, podrán deducir el costo de los mismos como gasto o inversión según se trate, siempre que el monto de dicho gasto o inversión, no se incluya en el costo de lo vendido El registro contable deberá  ser acorde con el tratamiento fiscal, para cada giro o actividad, que se tenga como  contribuyente, ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Uno de los puntos que deberemos tener presente: que ésta ligado a los inventarios y a un
buen control y seguimiento de los mismos, es el faltante que se pude tener de ellos. De
acuerdo con la Ley de Impuesto al Valor Agregado (LIVA), el faltante está catalogado como:  la enajenación de dichos bienes. En este último caso la presunción admite prueba en contrario.

Otro punto a destacar: dentro de los inventarios es que No se considerará enajenación la transmisión de propiedad que se realice por causa de muerte, así como la donación, salvo que ésta la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del impuesto sobre la renta.

Se considera que se efectúa la enajenación de los bienes en el momento en el que
efectivamente se cobren las contraprestaciones sobre el monto de cada una de ellas.
En el caso de faltante de bienes en los inventarios de las empresas, se considera que se
efectúa la enajenación en el momento en que el contribuyente o las autoridades fiscales
conozcan dicho faltante, lo que ocurra primero; al tratarse de donaciones por las que se
deba pagar impuesto, en el momento en que se haga la entrega del bien donado o se
extienda el comprobante que transfiera la propiedad, lo que ocurra primero.

En el Reglamento del Impuesto al Valor Agregado (RIVA) se plantea lo siguiente: «No se consideran faltantes de bienes en los inventarios de las empresas, aquéllos que se originen  por caso fortuito o fuerza mayor, así como las mermas y la destrucción de mercancías, cuando sean deducibles para los efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta.»

Cabe señalar que son responsables solidarios con los contribuyentes cuando las empresas  residentes en México o los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, por el impuesto que se cause por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes y por mantener inventarios en territorio nacional para ser transformados o que ya hubieran sido transformados, hasta por el monto de dicha
contribución.

Por lo que se refiere a la Contabilidad, los registros de inventarios de mercancías: materias primas, productos en proceso y terminados, en los que se realizará el control sobre los mismos, que permitan identificar cada unidad, tipo de mercancía o producto en proceso y fecha de adquisición o enajenación según se trate, así como el aumento o la disminución en dichos inventarios y las existencias al inicio y al final de cada mes y al cierre del ejercicio fiscal, tendrán que precisar su fecha de entrega o recepción, así como si se trata de una devolución, donación o destruccion.  Asimismo, en el control de inventarios deberá identificarse el método de valuación utilizado y la fecha a partir de la cual se usa, ya sea que se trate del método de primeras entradas primeras salidas: ultimas entradas primeras salidas, costo identificado, costo promedio o detallista según corresponda

El inventario obsoleto genera una pérdida directa para las compañías: la reducción del inventario, permite tener espacio libre para utilizarlo en la expansión de la operación de producción: generando mavor beneficio y eficiencia en el espacio utilizado.

Sin embargo ¿qué ocurre con lo que se denomina: «Just in Time»? Se trata de una
herramienta que puede ser implementada en nuestras organizaciones, para disminuir
inventarios obsoletos, además de liberar espacios y todos los gastos que de un almacén se generan? Es muy recomendable que lo consideren

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Aspel-COI 8.0 Re-instalable No.07

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 Se incluye nueva serie de plantillas para contabilizar los comprobantes de pago por medio de póliza dinámica:
o Cobro a clientes CFDI pago
o Cobro a clientes general CFDI pago
o Pago a proveedores CFDI pago
o Pago a proveedores general CFDI pago

 Al contabilizar comprobantes de tipo ingreso, egreso o nomina a partir de in CFDI, el UUID se asociará en todas las partidas de manera automática, independiente si la cuenta tiene habilitado el parámetro para captura de comprobantes.
 Permite alta de operaciones con terceros e ingresos cobrados a partir de un CFDI de comprobante de pago.
 En reporte de Balance general, se agrega parámetro “Ver diferido” para activos y pasivos.

ID relacionado 6609.

 En balanza de comprobación al consultar una cuenta con la búsqueda (F3), muestra Saldo
inicial, Total de cargos, Total de abonos y Saldo final del acumulado actual del periodo. ID relacionado 7027.
 Se agrega mes de ajuste en Libro Mayor. ID relacionado 7338.
 Al generar reporte de Emisión de pólizas para formas preimpresas, y guardarlo en archivo PDF, se visualiza de manera correcta. ID relacionado 7642.
 En la póliza de depreciación se configura un departamento, al barrer la partida, si al activo se le configura departamento, pero la cuenta no es departamental, el departamento para esa partida se cambia automáticamente a 0. ID relacionado 7346.
 Al generar póliza con ingresos cobrados y modificar monto de manera manual, se
actualizan los cálculos de manera automática.ID relacionado 7387.
 Se respetan rubros personalizados y configurados para el reporte de Balance general y  Estado de resultados en cada perfil de usuarios. ID relacionado 7645.