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La revolución electrónica en materia de comprobantes fiscales fue iniciada por el SAT en 2004 y ha tenido grandes repercusiones para los contribuyentes en su operación. Hasta el momento, parece sólo el inicio, ya que la reforma fiscal para 2014, amplia el campo de comprobación electrónica ahora en el ámbito laboral, incorporando requisitos de deducción a las erogaciones por sueldos y salarios.

Ahora también las Nóminas serán Comprobantes Fiscales Digitales !!!

Antecedentes

La revolución electrónica iniciada por el SAT en materia de comprobantes fiscales avanzó desde sus primeros pasos en el 2004 con el nacimiento del concepto de Firma Electrónica, pasando por las reformas al Código Fiscal de la Federación de 2010 que establecían como obligatoria la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales, hasta la presente propuesta para 2014 de desaparición de comprobantes fiscales en papel, obligando a que todos sean electrónicos

En retrospectiva, parece que fue ayer cuando existía la figura del impresor autorizado, y el papel era trascendental en nuestro esquema tributario, pero la realidad es que los cambios tecnológicos con paso firme, han cambiado nuestra vida cotidiana y también la forma en que debemos cumplir nuestras obligaciones fiscales.

 

Iniciativa de Reforma Fiscal 2014 

 

Mientras los titulares de diferentes medios de comunicación, se han centrado en algunas reformas tributarias que han tomado tinte político, y que se han convertido en herramienta de trabajo para diferentes actores políticos de nuestro país; existen otras modificaciones, que pasando desapercibidas y sin ser sujetas al escrutinio público, trascenderán significativamente la operación de las empresas y sus trabajadores.

Me refiero a las modificaciones en materia de Comprobación Fiscal enviadas por el Ejecutivo Federal en el paquete Hacendario que afecta a diversas disposiciones fiscales, como la que propone una Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014, que en su reducido articulado, contiene una reforma relativa a obligaciones establecidas al contribuyente que tenga trabajadores a su servicio:

Artículo 94. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones: III. Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.

Esta reforma, nos supone respecto de la disposición vigente hasta 2013, los siguientes cambios principales:

1. Que en lugar de entregar constancias de ingresos a los trabajadores, ahora deberán entregarse comprobantes fiscales, los que se encuentran regulados en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.

2. Que el comprobante fiscal, debe ser expedido y entregado en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, es decir, con cada pago, ya sea diario, semanal, decenal, quincenal, mensual o cualesquiera períodos convenidos entre trabajador y patrón.

3. Que este comprobante trasciende el ambiente fiscal, ya que podría ser utilizado en asuntos laborales, debiendo patrón y trabajador velar por sus intereses al utilizarlo como medio de prueba en instancias jurisdiccionales.

Esta novedosa obligación, sustituiría la entrega de Constancias de Sueldos y Salarios (al ser sustituidas por los comprobantes fiscales), así como la de presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año, la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios, en virtud de que la autoridad hacendaria, habría obtenido en tiempo real, la información por la que antes debía esperar cada ejercicio año.

La obligación establecida a los contribuyentes que a su vez sean patrones mencionada en párrafos anteriores, se correlaciona armónicamente con el requisito de deducción establecido en el segundo párrafo de la fracción V, del artículo 28 de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, relativo a las deducciones por sueldos y salarios.

Artículo 28. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos: V… Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que las erogaciones por concepto de remuneración, las retenciones correspondientes y las deducciones del impuesto local por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del Código Fiscal de la Federación.

Lo anterior implica que para poder realizar la deducción de los sueldos y salarios para efectos del Impuesto sobre la Renta, los comprobantes fiscales deberán ser emitidos de acuerdo al artículo 29 Código Fiscal de la Federación. Y como era de esperarse, dicho Código Tributario también está considerado en la iniciativa de reforma con la siguiente propuesta:

Artículo 29. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

Como se puede apreciar, este artículo 29 del Código Federal Impositivo, ya propone la existencia de Comprobantes Fiscales emitidos, por la retención de contribuciones efectuadas, situación que hasta el ejercicio anterior, no estaba considerada.

En adición a los cambios antes descritos, también se propone la inserción de un penúltimo párrafo al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, que dice:

Artículo 29. …

Los comprobantes fiscales digitales por Internet que se generen para efectos de amparar la retención de contribuciones deberán contener los requisitos que determine el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Esto último representa un retroceso en el proceso de simplificación en materia de comprobantes fiscales, que hasta 2013, la autoridad fiscal presumía decir que todos los requisitos de los comprobantes, estaban contenidos en los numerales 29 y 29-A del CFF; pero ahora al imponer a las nóminas los requisitos de un comprobante fiscal, hace que el SAT pretenda validar con la inclusión de este párrafo, para que ellos dispongan qué requisitos debieran contener los Comprobantes Fiscales que amparan una retención, y que dichos requisitos se establecerán en Reglas de Carácter General.

Corolario

La fiscalización es una herramienta de recaudación muy socorrida por las autoridades de todos los países, y todos hemos sido testigos, de cómo en conjunto con la tecnología, ha incrementado el poder en manos de las autoridades fiscales, que se ha manifestado primero al exigir la presentación de las declaraciones vía electrónica, luego en la generación de comprobantes por los ingresos obtenidos registrados directamente en sus bases de datos, y ahora para controlar los pagos realizados al grupo de contribuyentes más numeroso de México, los asalariados.

Se puede predecir un incremento de obligaciones electrónicas aún mayor, ya que al percatarse la autoridad hacendaria de los beneficios que le trae la fiscalización electrónica, seguirá incorporando más cumplimiento electrónico en las disposiciones fiscales, y esto no tendrá marcha atrás.

Sólo nos resta prepararnos para estar en condiciones de cumplir con los requerimientos tecnológicos que la autoridad y el mundo moderno nos exigen, para conservar un correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, evitando sanciones y molestias innecesarias.

Todo lo que debes saber sobre la Reforma Fiscal

La <sreformas2trong>Reforma Fiscal 2014 fue aprobada por el Senado de la República, por lo que a partir de 2015 quedarán gravados el transporte foráneo, las mascotas y su alimento, y el gravamen en las zonas fronterizas subirá de 11% a 16%.

 

A continuación te presentamos los puntos más importantes de la Reforma. ¡Conócelos!

 

IVA

 

Se gravará transporte foráneo, donaciones de bienes, alimento procesado para mascotas, así como de las mismas mascotas, chicles y gomas de mascar y se homologará la tasa general del IVA de 16% para la zona fronteriza. Se rechazó la propuesta de gravar con el IVA el arrendamiento de casa-habitación, los intereses por créditos hipotecarios para adquisición, reparación o construcción de casa-habitación y la enajenación de inmuebles destinados a casa-habitación. Lo mismo aplica para la prestación de servicios educativos (colegiaturas) y los espectáculos públicos.

 

ISR

 

De la propuesta original se mantiene el gravamen de 10% a las ganancias generadas en la Bolsa Mexicana de Valores, se propone eliminar el Régimen de Pequeños Contribuyentes y cambia el Régimen de Consolidación Fiscal por uno de Integración.

 

Hay un tope a la deducción a la compra de automóviles, baja de 170 mil a 130 mil pesos. También hubo algunas modificaciones. Por ejemplo, la incorporación fiscal contempla contribuyentes con ingresos en el ejercicio inmediato anterior sea hasta 2’000,000 de pesos (la propuesta original era de un millón de pesos).

 

Tributarán a una tasa de 30% las personas físicas con ingresos hasta 500 mil pesos, a una tasa de 32% a quienes tengan ingresos superiores a 750 mil pesos, y de 34% a quienes obtengan ingresos por encima de un millón de pesos anuales. La tasa máxima será de 35% para quienes perciban ingresos superiores a 3’000,000 de pesos.

 

Además, la exención impositiva a casa-habitación se aplicará hasta montos de 700 mil Udis, y la deducción de los vales de despensa sólo cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

 

IEPS

 

Se aplicará un peso por cada litro a las bebidas saborizadas que contengan cualquier tipo de azúcares añadidas.

 

Además, para los combustibles fósiles se acordó mantenerlo conforme a la iniciativa, a excepción de la enajenación de petróleo crudo y el gas natural.

 

Se grava con impuesto verde a la enajenación e importación de gasolinas y plaguicidas.

 

Además, habrá una tasa de 8% a la enajenación e importación de alimentos no básicos con alta densidad calórica. Impuesto a los bienes internados bajo regímenes aduaneros de importación temporal. Se exenta a los tabacos labrados, hechos enteramente a mano. Además, se abroga la Ley del IETU e IDE.

10 pasos para tener un equipo de trabajo ganador

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Los equipos de trabajo apáticos, desintegrados y mal organizados, son un ‘cáncer’ que termina por aniquilar la productividad de las organizaciones y, por consiguiente, su competitividad en el mercado.

Para evitar este panorama, Marisol Espino, directora de Excellence Capacitación Ejecutiva, comparte con los lectores de Potencial PyMEs, algunos consejos básicos para armar equipos de trabajo de alto rendimiento. ¡Toma nota!

1. Comunicación. Es el factor clave de éxito organizacional. Debe ser hacia todos los niveles y ser clara, precisa, sencilla y sobre todo real. Con esto evitamos la especulación, el “radio pasillo”, las malas interpretaciones y un ambiente laboral ineficiente. Se recomienda permitir a los colaboradores externar sus opiniones y comentarios.

2. Juntas de trabajo. Hay que realizar reuniones periódicas con todo el equipo (supervisores, gerentes, directores ejecutivos y jefes de área), para conocer avances laborales y conocer experiencias de cada colaborador. Recuerda enmarcar estas juntas en una “escucha activa”. Al término de la junta, haz una minuta para vigilar el cumplimiento de acuerdos, promesas, acciones, propuestas, etcétera.

3. Supervisión. El rol que juega el Supervisor en toda organización es de apoyo, colaboración, impulso, integración, motivación, enfoque en objetivos y metas, así como un filtro entre Gerencia y/o Dirección respecto al personal a su cargo. Un Supervisor que solo da órdenes y presiona con una marcada línea de “nivel de puesto” anula la apertura del personal para expresarse, hacer que las cosas sucedan de acuerdo a los planes de la empresa ya que nunca será lo mismo una “orden u obligación” que el consenso estratégico. De ser el caso, se recomienda replantear la actitud de los Supervisores hacia sus colaboradores.

4. Gerencia. Se sugiere a la Gerencia realizar en medida de lo posible sondeos o entrevistas “aleatorias” con el personal de todas las áreas y niveles jerárquicos. El objetivo es preguntar cómo se sienten y detectar posibles focos rojos o áreas de oportunidad.

5. Equidad. Como líder de equipo jamás debes mostrar favoritismo por ninguno de tus colaboradores. Esto genera confusión y sólo desintegra al equipo. En muchas ocasiones los equipos de trabajo están divididos por sus propios jefes inmediatos, esto solo resta, no suma y obstaculiza el crecimiento. Hay que ser objetivos, profesionales y mostrar equidad con cada persona es lo recomendable evitando así, que cualquier situación salga de control.

6. Jerarquía. El cargo o nivel jerárquico es indispensable para cuidar que las normas, lineamientos procesos y políticas se cumplan conforme lo establece la empresa. Recuerda que la jerarquía no da poder, da responsabilidad y compromiso para ser mejores cada día, una actitud de “poder” o “autoritarismo” es desgastante para los subordinados, frustra cualquier intención de desarrollo y crecimiento, genera conformismo, apatía y realmente graves problemas en la organización.

7. Empatía. La empatía entre compañeros de trabajo es de suma importancia. No se trata de ser amigos entrañables, sino que haya un trabajo armónico y que exista cordialidad, aceptación de la diversidad, respeto, apoyo y colaboración.

8. Trato Humano. La experiencia empresarial nos lleva a reconocer que ya no funciona tratar a los empleados como empleados, la tendencia es el trato humano, digno, comprendiendo que nuestro “empleado” tiene emociones y una vida personal. Resulta importante el trato humano en la organización, nadie es mejor que nadie como ser humano, todos contamos con virtudes y talentos, éstos son los que hay que maximizar, no los errores o tropiezos, estos se hablan, se corrigen, para finalmente minimizarlos.

9. Compromiso. Hay que generar compromisos individuales y grupales. Las personas comprometidas en un alto porcentaje cumplen lo acordado y se esfuerzan por lograrlo, no así las personas presionadas; éstas actúan con miedo al fracaso, a los resultados del mismo creando como mecanismo de defensa ante la presión la evasión que resulta en interminables excusas del por qué no cumplieron.

10. Resultados. Una vez que se involucró al personal, se le comprometió con confianza, conocimientos, herramientas y existió una aceptación por ambas partes, existe todo el derecho de revisar los “resultados” si estos son los esperados no se debe postergar la felicitación, premio, incentivo o reconocimiento.

Para qué sirve la Firma Electrónica Avanzada (FIEL)

¿Alguna vez te imaginaste que podrías realizar tus trámites fiscales desde la comodidad de tu hogar? Con la FIEL es posible.

¿Creíste que siempre tendrías que hacer colas para realizar tus trámites fiscales? Ahora puedes hacerlos desde la comodidad de tu hogar, oficina, etc. Para llegar a esta realidad hubo que superar muchos obstáculos, pero ahora existe la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

En términos técnicos y de acuerdo con el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la FIEL es un conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como su autor legítimo, como si se tratara de una firma autógrafa.

La FIEL es un medio electrónico con el que el contribuyente puede llevar a cabo transacciones fiscales electrónicas y dar su autorización para ejecutarlas a través de esta herramienta; es decir, es un medio de autorización electrónica.

¿Quiénes deben contar con ella?

De acuerdo con las reformas al Código Fiscal de la Federación, publicadas en el Diario Oficial el 28 de junio y 27 de diciembre de 2006, todos los contribuyentes (personas físicas y morales) están obligados a tramitarla; sin embargo, al día de hoy el SAT aún está en proceso de autorizar los trámites y servicios en que el uso de la FIEL será obligatorio.

Por el momento, la FIEL tiene funciones acotadas y especificas que son de mucha utilidad para el contribuyente, dentro de las cuales se encuentran las siguientes:
•Declaraciones patrimoniales
•Emisión de documentos oficiales
•Emisión de dictámenes
•Solicitudes de acceso a la información pública
•Control y gestión de documentos

¿Cómo se puede obtener?

En México, el SAT es el administrador de esta herramienta; para obtenerla se requiere lo siguiente:

Acudir al SAT con lo siguiente:

a) Si eres persona física (en cualquier tipo de régimen):
•Dispositivo magnético (USB o disco compacto)
•Original o copia certificada de:
1.Acta de nacimiento o carta de naturalización (se deberá presentar sólo en los casos en que no se cuente con una CURP certificada en el Módulo de Consulta de RENAPO. Para verificar si cuenta con la CURP certificada consulte la siguiente liga: Módulo RENAPO).
2.Documento migratorio vigente (FM2 o FM3), para personas de origen extranjero.
3.Identificación oficial vigente.

b) Si eres persona moral:

El representante legal deberá contar con el certificado de Firma Electrónica Avanzada vigente como persona física.

Llevar el día de su cita lo siguiente:
•Dispositivo magnético (USB o disco compacto).
•Copia certificada de los siguientes documentos:
1.Poder general del representante legal para actos de dominio o de administración (no podrá ser mancomunado ni de carácter especial).
2.Acta constitutiva de la persona moral solicitante.
3.Original o copia certificada de la identificación oficial del representante legal de la persona moral solicitante (credencial para votar, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar o credencial emitida por los gobiernos federal, estatal o municipal que cuente con la fotografía y firma del titular).

¿Por qué debes tramitarla?

Como decíamos al principio, la FIEL sirve como conjunto de datos que se adjuntan a un mensaje electrónico, cuyo propósito es identificar al emisor del mensaje como autor legítimo, como si fuera una firma autógrafa. Por ello, la FIEL da seguridad a las transacciones electrónicas de los contribuyentes, y al usarla se puede identificar al autor del mensaje y verificar que no lo haya modificado o alterado ningún tercero.

Su propio diseño se basa en el uso de 2 claves o llaves para el envío de mensajes: la llave privada, que sólo conoce el titular de la FIEL, y sirve para cifrar datos; y la llave pública, para consulta de servicios electrónicos.

Así que si deseas llevar a cabo trámites como dictámenes fiscales, expedientes del contribuyente, comprobantes fiscales digitales, donatarias autorizadas o solicitud de devoluciones, entre otros, desde la comodidad de un portal electrónico, ésta es tu llave a la tecnología fiscal, ¿tú ya la tienes?
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Obligación de utilizar la factura electrónica

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó a los contribuyentes que a partir de 2014 habrá nuevas disposiciones sobre la factura electrónica y deben tomarlas en cuenta para evitar sanciones por incumplimiento.

La representante local de esa dependencia, Leticia Martínez Medina, señaló que en Yucatán hay unas 10,000 personas dadas de alta en Hacienda que todavía no cuentan con la firma fiscal electrónica, que es un requisito para emitir esas facturas.

La funcionaria federal consideró que ese segmento de causantes no ha hecho el trámite porque todavía no inician operaciones o por alguna otra razón.

Esa cifra es reducida en comparación con el universo de 636,630 tributantes en el Estado, aclaró.

Otro efecto de los cambios es que todas las asociaciones civiles y otras agrupaciones más sin fines de lucro, que emitan facturas, también tendrán que adoptar la nueva modalidad electrónica.

“Aquellos que se den de alta en Hacienda a partir de 2004 tendrán que usar la factura digital, sin excepción”.

Otro cambio más es sobre aquellas personas físicas y morales a las que todavía se les permite optar por la factura en papel. Hoy día el requisito para ello es que sus ingresos anuales no rebasen los $4 millones, pero a partir de 2014 ese monto se reducirá a $250,000, y entonces serán pocos los que podrán seguir optando por el papel.

Respecto a los que desde hace varios años tienen un software propio para dar factura electrónica, tienen cuatro meses para cambiar sus sistemas y usar el servicio de alguno de los 66 Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), quienes dan un servicio con costo y otro gratuito, según el caso.

Requisitos que deben cumplir las Facturas Electrónicas (CFDI)

 

Los requisitos que deben reunir las Facturas Electrónicas (CFDI) son: 
I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien los expida.
II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR. (Consulte el procedimiento para obtener el régimen fiscal).
III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.
IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.
V. Sello digital del contribuyente que lo expide.
VI. Lugar y fecha de expedición.
VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.
VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
IX. Valor unitario consignado en número.
X. Importe total señalado en número o en letra,
XI. Señalamiento expreso cuando la prestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.
XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados, desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.
XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente).  
XIV. Número y fecha del documento aduanero,tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.
Además debe contener los siguientes datos:
a) Fecha y hora de certificación.
b) Número de serie del certificado digital del SAT con el que se realizó el sellado.
Las facturas electrónicas (CFDI) cuentan con un elemento opcional llamado «Addenda», que permite integrar información de tipo no fiscal o mercantil, en caso de requerirse. Esta “addenda” debe incorporarse una vez que la factura haya sido validada por el SAT o el Proveedor de Certificación Autorizado (PAC) y se le hubiera asignado el folio.
Asimismo, se deben cumplir las especificaciones técnicas establecidas en la Resolución Miscelánea Fiscal y su Anexo 20, a saber:

  • Utilizar el estándar del comprobante fiscal digital a través de Internet extensible [XML] (esquema-comprobante.xsd).
  • Contemplar las reglas para la generación del sello digital de las Facturas Electrónicas (CFDI).

5 soluciones tecnológicas para tu PyME

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¿Tu empresa no posee un sistema de gestión?, ¿quiere agilizar los procesos productivos?, ¿deseas aumentar la competitividad y reducir los costos?, ¿necesitas eficientar los flujos de información?

 

Si es así, probablemente ha llegado el momento de invertir o reinvertir en Tecnologías de la Información, renglón que puede ser un soporte importante para mejorar la competitividad.

 

Y es que las Tecnologías de Información pueden ayudar a mejorar la productividad de todas las funciones de la empresa, y además de mejorar el flujo de información dentro y entre las Unidades del Negocio, por lo que toda organización que pretenda ser efectiva deberá de explotar y administrar todas éstas tecnologías para dar un valor agregado a toda la organización.

 

Para saber si ha llegado el momento de invertir hay que evaluar si hay pérdida de rentabilidad, escaso crecimiento, menor productividad o costos excesivos derivados del mantenimiento de la actual plataforma tecnológica.

 

A continuación te damos una guía de lo que quizá haga falta en tu organización:

 

Enterprise Resource Planning (ERP). Esta solución integra los procesos del negocio como recursos humanos, finanzas y operaciones. Al integrar y ‘cruzar’ información, favorece la toma de decisiones en tiempo real y la elaboración de pronósticos. Sus diferentes módulos permiten realizar una planeación integral estratégica, monitorear el desempeño diario, mantener una comunicación efectiva con los accionistas, medir la liquidez, manejar portafolios de inversión y optimizar el desempeño de los recursos humanos.

PyMEtip: Echa un vistazo a Microsoft Dynamics ERP

 

Customer Relationship Management (CRM). Es una solución para identificar, calificar, adquirir, desarrollar y retener  de forma creciente y constante la lealtad del cliente; ayuda a tener en el radar la entrega del producto o servicio solicitado, a la persona correcta, por el canal adecuado, en el tiempo prometido y al precio justo. Generalmente es utilizado por personal de mercadotecnia, ventas, servicio al cliente y demás áreas involucradas con las labores de estos departamentos, como almacén y compras.

PyMEtip: Echa un vistazo a Microsoft Dynamics CRM

 

Seguridad. Dado el incremento de delitos informáticos, es importante que los sistemas de tu empresa cuenten con todos los candados para evitar un ataque o intrusión. Los consultores en TI recomiendan que el gasto en este rubro sea proporcional al valor de los activos que se quiera proteger.

PyMEtip: No olvides mantener al día tus licencias.

 

Servicios en la nube. Si quieres aumentar tu productividad y reducir costos en materia de TI, te recomendamos echar un vistazo a los servicios basados en la nube. Con ellos, puedes disfrutar del servicio bajo un esquema de demanda que contempla pago por usuario.

 

PyMEtip: Microsoft cuenta con diversas soluciones en la nube, como Microsoft Office 365, que ofrece suites para pequeñas y medianas empresas.

 

Cambio de hardware. La inversión en este rubro debe orientarse a optimizar tiempos y agilizar los procesos. Esta misma lógica debe emplearse a la hora de comprar servidores, impresoras, escáners y todo tipo de consumibles. Asegúrate de que todas sus licencias están en orden.

PyMEtip: Se recomienda cambiar equipos (o al menos evaluarlo) cada tres años.

 

Factura electrónica bajará el índice de evasión fiscal en México

Ciudad de México.- El nuevo esquema de facturación de Comprobante Fiscal Digital (CFDI) al que tienen que migrar alrededor de 4 millones de contribuyentes en México bajaría los índices de evasión fiscal e incrementaría el nivel de recaudación en el país que actualmente es del 10 %, aseguró la empresa mexicana wFactura.

De acuerdo a un estudio de wFactura, la certificación de una factura CFDI por un PAC no debe tardar más de 1 segundo en realizarse. Una vez que se ¨timbra” o certifica la factura, es enviada de vuelta al contribuyente y el PAC se conecta de forma simultánea con el SAT para declarar la certificación de dicho comprobante.

De esta forma, el contribuyente no tiene que generar un reporte mensual y el SAT está notificado del movimiento pudiendo llevar un control estricto de cada uno de los contribuyentes, informó Omar Gutiérrez, director general de wFactura.

El CFDI es la nueva apuesta del gobierno para digitalizar las finanzas del país y la forma más práctica y segura para llevar un mejor control. Para este proceso el SAT ha certificado a 68 Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) que están atendiendo a los contribuyentes que por tener ingresos que ascienden a 250 mil pesos anuales están obligados a adoptar este nuevo esquema antes del 2014.

Según datos del SAT son 1 439 millones 427 mil 546 Comprobantes Fiscales Digitales por Internet que han sido expedidos hasta el momento por los 681,356 contribuyentes que ya cuentan con el esquema de facturación CFDI. Sin embargo aún falta la adopción por parte de un 80 % de los contribuyentes y se espera que para el 2014 esta cifra se incremente de forma exponencial.

El director de wFactura un PAC autorizado con más de 8 años de experiencia, aseguró que para la facturación electrónica CFDI el contribuyente tiene que generar un archivo XML que integre el Certificado de Sello Digital expedido por el SAT y para validarla está obligado a enviarla a un PAC que certifica su autenticidad a través de un “timbre” que le incorpora a la factura electrónica, añadió el ejecutivo.

Para asignarle un timbre a la factura, el PAC revisa que la fecha de envío del documento y la de recepción para su certificación no exceda las 72 horas. También, que el Certificado de Sello Digital (CSD) del contribuyente esté vigente en la fecha de generación del comprobante y que corresponda al emisor del CFDI y comprueba que la estructura del documento cumpla con los requisitos del SAT.

Si la factura cumple con los requisitos el PAC le asigna un “timbre” que es un conjunto de datos que van encriptados en una cadena de información que incluye el número de folio asignado por el SAT, la fecha y hora de certificación, el número de serie del certificado digital, el certificado digital del CFDI y el sello del SAT, explicó Daniel Cañizares, director comercial de wFactura.

La tecnología empleada para la elaboración del “timbre” no permite la clonación, copia ni alteración de esta certificación. De tal modo que si la factura electrónica no cumpliera con los requisitos, el PAC automáticamente lo detecta y lo reenvía de regreso sin certificación al contribuyente, aseguró Cañizares.

La apuesta del SAT a través de los PAC dará mayor garantía y seguridad a los contribuyentes que expedimos facturas, a la vez que se eliminarán por completo la facturación en papel, evitando así, la circulación de documentos apócrifos, aseguró el ejecutivo.
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Razones para adoptar la factura electrónica

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No hay vuelta atrás, a partir del primer minuto del 2014, todos los contribuyentes que no se han cambiado al esquema de facturación electrónica y que tengan ingresos mayores a 250,000 pesos anuales tendrán que hacerlo bajo el concepto de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

¿Por qué? Es una disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con la que se busca tener un mejor control de los contribuyentes, en otras palabras, normalizarlos.

La Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexicap) estima que serán 4.6 millones de contribuyentes los que se sumarán a la facturación electrónica.

Si estás obligado a realizar la migración, te preguntarás cuáles son los beneficios. Imagina todos los pasos previos que tienes que realizar antes de que una factura llegue a su destino de manera convencional: impresión, resguardo, costos de envío. Según la Asociación Mexicana de Estándares para el Comercio Electrónico, con la factura electrónica ahorrarías alrededor de 80% de todo ese proceso.

Incluso el SAT ha recomendado a los contribuyentes que no están obligados a facturar electrónicamente a hacerlo, debido a que, asegura, la e-factura ha transformado la forma de hacer negocios en México. “Los contribuyentes han visto beneficios en materia de seguridad, disminución de costos, optimización de controles internos, impulso de mejores procesos tecnológicos y cambio de prácticas, por lo que han incrementado paulatinamente su uso”, explica.

Y es que según Enrique Gómez, director general de Carvajal Tecnología y Servicios, proveedor autorizado de certificación y José Martínez, gerente de Efactura de Praxis, el SAT ha hecho continuos ajustes a la factura electrónica y no se descarta que se vuelvan a modificar las reglas o límite de ingreso y, por tanto, que más contribuyentes tengan que mudar a la e-factura.

Es una realidad que la tecnología ha permeado en todas la áreas de la vida diaria. ¿Por qué no hacerse la vida más fácil? ¿Por qué decirle sí a la factura electrónica? No importa si eres persona física o moral, si tienes una empresa grande o pequeña, “ya no es necesario ser una súper empresa para poder venderle a los grandes y con la factura electrónica los contribuyentes dan el primer y más importante paso para ello”, afirma Enrique Gómez.

Paso a paso

¿Los engorrosos trámites te detienen 
para adoptar la 
e-factura? Sólo es cuestión de organizarte y seguir estos pasos:

1. Tener la Firma Electrónica, mejor conocida como Fiel. En caso de no contar con ella, sólo tienes que concretar una cita en el SAT, para que te la otorguen.
2. Después, tiene que tramitar un sello digital vía electrónica, también con el SAT.
3. Finalmente, debes decidir si utilizas el servicio gratuito de facturación que te ofrece el organismo fiscalizador o elegir entre los 69 proveedores autorizados que puedes localizar en el portal de Internet.
Consejos

Si decidiste facturar 
a través de un proveedor:

Antes que nada, debes 
saber que existen 69 proveedores autorizados de certificación (PAC), que son las personas morales que validan los CDFI generados por los contribuyentes.

Hay diferentes especializaciones, desde el retail, sector financiero, automotriz, hasta servicios de tecnología. Entre más cerca esté el proveedor de tu giro, las cosas fluirán adecuadamente.