Respuestas a las dudas más frecuentes sobre la emisión de CFDI

Con el objetivo de evitar problemas laborales, la autoridad fiscal responde a las preguntas más recurrentes de los contribuyentes en materia de comprobantes fiscales.

 

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su página de Internet el documento “Preguntas y respuestas sobre el tema de emisión de CFDI, complemento de recibo de sueldos, salarios e ingresos asimilados”. A continuación, la transcripción del mismo:

Nota importante:

En materia fiscal el artículo 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta contempla la figura de ingresos que sin ser sueldos o salarios, es decir, sin ser ingresos derivados de la prestación de un servicio personal subordinado, exclusivamente para efectos fiscales pueden asimilarse en su tratamiento tributario con el de los asalariados.

Es por eso que el Complemento recibo de sueldos, salarios e ingresos asimilados contempla estos últimos (ingresos asimilados a sueldos y salarios), mismos que sin ser ingresos por sueldos, son tratados como si lo fueran, exclusivamente para efectos del pago de impuestos federales.

Preguntas y respuestas

1. En relación con el Complemento de sueldos, salarios e ingresos asimilados, en los campos relativos a Deducciones gravadas y Deducciones exentas, si en nuestra empresa no clasificamos las deducciones (descuentos que se aplican al trabajador) como gravadas o exentas, ¿qué dato asentamos en estos campos?

Si el patrón no lleva esta clasificación de los conceptos de deducción o descuentos al trabajador, puede incluir la totalidad de los mismos como Deducciones gravadas, esto para efectos de cumplir con el llenado del campo obligatorio.

Fundamento Legal: Artículos 94 y 99 fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

2. Para el caso del fondo de ahorro de los trabajadores, con el objeto de no duplicar el registro de los ingresos del trabajador, ¿cómo debe registrarse en el Complemento de sueldos, salarios e ingresos asimilados?, ¿cómo un ingreso en cada pago y una deducción por aportación patronal al fondo de ahorro?, ¿o se registra hasta que se cobra el monto ahorrado y los intereses?

Al ser las aportaciones patronales al fondo de ahorro una prestación derivada de la relación laboral, son ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado; de esta forma deben registrarse en el catálogo de percepciones del Complemento en cada pago de salarios que se realice, al mismo tiempo que debe registrarse en el catálogo de deducciones del Complemento el descuento correspondiente para realizar el depósito al fondo.

Al momento de percibir el monto ahorrado y los intereses, el pagador de estos debe expedir un CFDI por este concepto, es decir por intereses, ya que se trata de estos y no de un sueldo, salario o ingreso asimilado a estos.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI , 93 fracción XI y 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

3. En nuestra empresa otorgamos por política préstamos a trabajadores, estos préstamos son contratos de mutuo simple, es decir se otorgan sin cobro de ningún interés y no son adelantos de nómina, el trabajador va devolviendo el préstamo paulatinamente.

La empresa contempla esa erogación como No Deducible. La pregunta es ¿la empresa debe emitir un comprobante por esa operación? Sobre todo la preocupación deriva de que el trabajador pareciera estar teniendo ingresos no declarados cuando realmente sólo recibe un préstamo y posteriormente la empresa pareciera estar teniendo un ingreso sobre el cual no emite un comprobante pero realmente ese ingreso es sólo el pago de un préstamo.

En este caso debido a que el otorgamiento del préstamo se hace como una prestación derivada de la relación laboral, debe incluirse en el Complemento entre los conceptos de ingresos como “Otros”, especificando el concepto como préstamo sin intereses, y en cada ocasión en que se haga un pago del préstamo por parte del trabajador, este debe incluirse en el Complemento en el catálogo de Deducciones, identificándolo como “Otros” pago de préstamo.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción VII, 45, fracción III, 90, segundo párrafo y 99, fracción III y IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

4. ¿En qué momento y cómo se deberán reportar los gastos médicos mayores y el seguro de vida, ¿se reportan como concepto de percepción del empleado?

Las primas que amparen estos seguros (por ambos conceptos) que sean otorgadas al trabajador por cuenta del patrón, al ser prestaciones derivadas de la relación laboral, se reportan en el Complemento, las primas a cargo del patrón primero como percepción y luego como deducción por pago de prima a cargo del patrón.

Cuando se realice el siniestro y esto de origen al pago de la cantidad asegurada por parte de la empresa aseguradora, dichas cantidades no tienen el carácter de sueldos y salarios, y por ende no requieren ser incluidas en el complemento.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI , 93, fracción XXI y 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 5. ¿Los vales de gasolina tienen el mismo efecto que los vales de despensa?

Sí, considerando que estamos tratando el tema del llenado del Complemento de sueldos, salarios e ingresos asimilados y considerando que ambos conceptos son prestaciones derivadas de la relación laboral, por ende deben incluirse en el Complemento dentro de las percepciones.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción XI y 94 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

6. ¿Se debe incluir el monto entregado al trabajador por concepto de Subsidio para el empleo en el Complemento, incluso si esto es un subsidio y no un ingreso que pague directamente el patrón y por ello no coincida la suma de percepciones de los conceptos del Complemento con la suma de los conceptos que en realidad son percepciones pagadas por el patrón al trabajador? ¿Se incluye el monto efectivamente pagado?

Sí, debe incluirse dentro del Complemento como percepción, identificado como 017 Subsidio para el empleo, dato que es informativo. El dato a incluir es el efectivamente pagado.

Fundamento Legal: Artículos 27, fracción V y XIX, 94, 98 fracción IV y 99 fracción IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Consulta y descarga el documento completo aquí

Cómputo en la nube: 5 cosas que debes saber

El cómputo en la nube es la plataforma que tu negocio necesita para ser más competitivo, ahorrar costos, apuntalar la seguridad y eficientar procesos.

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Es un modelo tecnológico que si bien utilizan los grandes corporativos, es especialmente útil y rentable para las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) que buscan dar un paso adelante en materia de productividad.

A continuación te presentamos cinco razones para migrar a la nube.

1. Ahorros. De acuerdo con el estudio “Cómputo en la nube: nuevo detonador para la competitividad en México”, elaborado por Microsoft y el Instituto Mexicano para la Competitividad, el cómputo en la nube puede significar importantes ahorros al reducir las inversiones en TI y convertir gastos fijos en costos variables. Así, una empresa promedio de 45 empleados puede ahorrar hasta 67% de sus costos de TI al migrar a este modelo tecnológico.

2. Seguridad. La seguridad de la nube es similar a la seguridad de las soluciones in situ. Esto porque en ambos escenarios se utilizan las mismas herramientas de seguridad, con la diferencia de que en la nube se comparten servicios con otros usuarios. Al respecto, la firma Avanade, especializada en TI, indica que con un proveedor de calidad los estándares de seguridad son iguales o mejores que en un escenario físico, debido a que son diseñados para satisfacer las necesidades de seguridad del cliente de mayor riesgo, lo cual, de inicio, es una ventaja para las PyMEs.

3. Gastos controlados. El cómputo en la nube permite controlar los gastos, porque éstos dependen del uso del servicio y del número de usuarios. Al respecto, el IMCO señala que 84% de las empresas que implementaron aplicaciones en la nube redujeron sus costos anuales y su gasto en aplicaciones en 21% en promedio.

4. Movilidad. Con el cómputo en la nube ya no tienes que estar atado a una oficina, pues te permite trabajar en cualquier momento y lugar con sólo tener un dispositivo con conexión a Internet.

5. Confidencialidad. Con las soluciones de cómputo en la nube de Microsoft, tu información está a salvo. La información es tuya y sólo tú tienes acceso a la misma.

Microsoft ofrece un vasto portafolio de soluciones en la nube, como Office 365, que te ofrece lo necesario para ascender a un siguiente nivel en materia de productividad empresarial.

Recuerda que el cómputo en la nube te permite competir con el mismo nivel tecnológico que las grandes empresas.Infórmate de más ventajas de este esquema en http://www.portalcade.com

Plan de sucesión e importancia en las empresas familiares

ImagenLa falta de planificación de los procesos de sucesión generacional en las empresas familiares mexicanas propicia la desaparición de 70% de ellas.

En México, aproximadamente más del 90% de las empresas están bajo el control y propiedad de alguna familia. Precisamente, las Pymes están conformadas principalmente por empresas familiares, mismas que contribuyen al desarrollo económico, social y cultural del país, es ahí donde radica la importancia de que estos negocios logren trascender en el tiempo.

En este caso, la sucesión es la verdadera prueba de fuego para las empresas familiares, así que deben afrontarla con plena conciencia. Por desgracia, muchos empresarios no planifican anticipadamente este momento, tan es así que ni siquiera eligen con tiempo a su sucesor o sucesores.

En el ámbito de las empresas familiares, se habla de sucesión en varios momentos:

  • Por muerte
  • Incapacidad
  • Por el retiro del fundador o de aquellos miembros de la familia que tienen el liderazgo en la empresa

Las preguntas que el empresario familiar se debe formular son:

  • ¿Por qué preparar la sucesión?
  • ¿Cuál es el mejor momento para hacerlo?

Sobre lo primero, decía Peter Drucker:

“La prueba suprema de la grandeza de un líder empresarial es el acierto con que elige a su sucesor y el saber hacerse a un lado para que sea éste último quien dirija la compañía”

En efecto, una planificación adecuada de la sucesión incrementa la capacidad de la empresa para retener a los miembros de la familia o terceros de mayor talento y proporciona nuevas perspectivas.

Si hablamos del segundo punto, se puede llegar a apreciar cierta resistencia de los propietarios actuales para retirarse del negocio, las razones que se invocan para retrasar la misma son básicamente 2:

  • Por un lado, la poca certeza ante el futuro económico: ¿tendré suficientes recursos para vivir sin preocupaciones?; cuándo yo me vaya ¿qué va a pasar?, ¿cómo voy a vivir?, ¿de quién voy a depender?
  • Y por último, la ausencia del sucesor adecuado que garantice la continuidad del negocio.

La respuesta ha de ser contundente: la planificación de la sucesión debe realizarse cuanto antes, con prudencia, sin precipitaciones, pero cuanto antes, mejor. Así, se evitarán situaciones traumáticas en la familia y, además, se tendrá la tranquilidad de tener cubiertas las contingencias de una desaparición prematura del líder o de una elección desacertada.

La pregunta que surge ahora es, ¿cómo se planea la sucesión? Pues, lamentablemente, no existen fórmulas mágicas; sobre todo porque cada sucesión debe ser un “traje a la medida” para cada empresa, en atención a sus singulares características.

Aspel NOI 7.0 Reinstalable 9

  • En algunas bases, con el R8, al acceder enviaba el mensaje «Dynamic sql Error….. Table unknown REGCONTB31011401″ esta corresponde a la tabla del Régimen de Contrato del Trabajador» y  se debía a que no se creaba debidamente. Con el R9 en las bases donde se haya manifestado el mensaje ya no debe haber problema.

 

  • Al intentar timbrar los recibos con R8, manda: Error en la validación del comprobante contra el esquema minInclusive constraint failed. The attribute: ‘TipoRegimen’ has an invalid value according to its data type. Se debía a que no estaba debidamente creada la tabla de Régimen de Contrato del Trabajador. Con el R9 en las bases donde se haya manifestado ya no debe haber problema.

 

  • Dado que la tabla mencionada no se había creado correctamente, procesos como Creación del siguiente periodo y traspaso de acumulados también llegaban a presentar algún mensaje de error. Con el R9  se evita esta situación.

Aspel NOI 7.0 Lo Nuevo En El Re-instalable 8

A continuación se describen las mejoras que se realizaron al Sistema Aspel NOI 7.0 con el re-instalable No. 8:
•En el recibo electrónico y el XML de trabajador, el Subsidio para el empleo se va a presentar en el nodo de percepciones con la calve SAT 017.
•Se agregó el parámetro «Envío automático del acuse de cancelación a trabajadores con correo electrónico configurado». Cuando este activado el parámetro enviará en forma silenciosa el correo electrónico con el XML de cancelación. En caso de estar desactivadose enviará el siguiente mensaje: ¿Deseas enviar el acuse de cancelación por correo electrónico?
•En el catálogo de trabajadores en la pestaña de Salario, se agregó un menú para configurar el régimen de contratación.
•Dentro del menú Utilerias / Respaldo de archivos / Generación de respaldo. Se agregpo a la lista de archivos a respaldar de Comprobantes Fiscales.
•Ya se puede configurar un formato para la impresión de Recibos electrónicos, esto se hace desde el menú Consultas / Recibos electrónicos, entrando al icono de nombre Emisión de documentos.

Las mejoras incluidas en este re-instalable son:
•Cuando se tenga configurado el «Envío automático de CFDI a trabajadores con correo configurado», ya se enviaran masivamente los correos esto solo ocurrirá para los trabajadores que tengan configurado su correo electrónico. Antes no realizaba el proceso.
•Cuando el Salario Diario Integrado sea mayor a 25 salarios mínimos. Con este re-instalable ya va presentar en el XML del trabajador el monto topado en el nodo «SalarioBaseCotApor». Antes presentaba el Salario Diario Integrado sin toparlo.
•Al utilizar el campo (Fecha de nacimiento del trabajador) en un reporte FTO, ya va a presentar la información correcta, ya que antes aparecía en blanco el campo.
•Si agregas el campo (Tipo de contrato) en el reporte FTO, ya va a presentar la información que corresponde al tipo de contrato que tiene configurado el trabajador, ya que antes en todos los trabajadores le aparecía como «permanente».
•En el reporte de Impuesto mensual ya va a presentar el acumulado de ingresos gravables mensuales y el acumulado de ingresos exentos mensuales. Los cuales se almacena en los campos y . Antes solo presentaba el acumulado de la primera quincena o semana.
•Si se tiene un movimiento al trabajador de la deducción de pensión alimenticia, al emitir el reporte de pensión alimenticia ya va a presentar el reporte correcto. Ya que antes aparecía el reporte en blanco.
•Cuando un periodo anterior este cerrado y se crea el siguiente peridio lo deja abierto, antes lo dejaba cerrado.

•Ya funciona el perfil de cierre de nómina, antes no respeta el perfil.
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Cade y Aspel te ayudan en la facturación electrónica con ‘Facture Móvil’

ImagenAnte la Reforma Hacendaria que obliga a todos los contribuyentes a emitir facturas electrónicas, Microsoft y Aspel te ofrecen su solución ‘Facture Móvil’, para que puedas realizarlas desde cualquier dispositivo, lugar y momento.

 

Las mayores ventajas de las herramientas de Microsoft (como Windows 8.1, de uso cómodo e intuitivo) se unen a la solución Facture de Aspel para dar lugar a la aplicación Facture Móvil.

 

Ésta, al trabajar con la nube, elimina barreras de espacio y tiempo a la hora de migrar al esquema de facturación electrónica CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), tal como exige el SAT (Servicio de Administración Tributaria) a todos los contribuyentes.

 

Las personas físicas que en el último ejercicio declarado tuvieron ingresos iguales o inferiores a los 500.000 pesos anuales, tienen como límite para pasarse a la facturación electrónica este 31 de marzo, tras una prórroga concedida. Ante lo inmediato de esta fecha, Microsoft y Aspel lanzan ‘Facture Móvil’. Estas son algunas de sus ventajas:

 

– Puedes utilizarla desde tu tableta, smartphone y computadora, en cualquier momento y lugar.

 

– Posibilita emitir facturas electrónicas, cancelarlas, reenviarlas por correo elec-trónico.

 

– Sirve no sólo para expedir facturas, sino también recibos de honorarios, arrendamientos, notas de crédito, cumpliendo con todas las disposiciones fiscales vigentes

 

– Agiliza la captura de tus comprobantes fiscales, al contar con un catálogo de clientes y productos.

 

– Permite facturar ilimitadamente.

 

– Puedes incluso trabajar sin conexión a Internet.

 

Además, hay que recordar que, de no adaptarte a la facturación electrónica, las facturas dejarían de ser deducibles con el consiguiente costo para tu empresa.

 

“Estamos muy comprometidos con el acercamiento de la tecnología a los micros, pequeños y medianos negocios, para ayudarlos a ser más competitivos y productivos”, afirma Helmut Cepeda, director de negocios de pequeña y mediana empresa, de Microsoft México.

 

“Hoy poner tecnología en nuestro negocio no implica necesariamente grandes empresas ni grandes cantidades de dinero”, añade Gilberto Sánchez, director general de Aspel.

 

Por eso, Microsoft y Aspel ponen esta tecnología al servicio de los emprendedores, y al precio de 68 pesos al mes (IVA incluido). Te la puedes descargar aquí, y muy pronto en Windows Store. Incluso tienes la opción de 30 días de prueba.

 

¿Y cómo funciona el proceso? Ya adquirida la aplicación, lo primero que debes hacer es introducir los datos de la empresa y dar de alta a los clientes. Una vez realizada la factura electrónica, esta es entregada a un proveedor autorizado de certificación, quien recibe y valida el documento (se le pone un folio fiscal electrónico y se timbra). Lo regresa al emisor y manda también una copia al SAT. En ese momento ya se puede enviar el documento al cliente.

 

Este proceso se debe hacer en menos de 300 milisegundos (0,3s). Una posible saturación lo retrasaría a unos minutos, pero gracias a que Aspel cuenta con seis proveedores y no solo uno, logra evitar esta situación y la factura queda timbrada y emitida en el momento. Y en la pantalla podrás ver qué documentos están pendientes de timbrar, cuántos han sido emitidos, cuántos fueron cancelados…

 

Según un estudio de Microsoft, en torno al 50 % de PyMEs está viendo como primera opción la tecnología de Microsoft; el 95 % de las PyMEs utilizan el Office; y para 2 de cada 3 pequeñas y medianas empresas las nuevas tecnologías se traducen en mayores ingresos y por tanto en posibilidad de mayores empleos.

 

Todo esto muestra la importancia de las nuevas tecnologías, que eliminan las barreras geográficas y repercuten en el negocio, ya que permiten un mejor conocimiento del cliente a través de soluciones CRM, así como la portabilidad y conservación de la información, explica Helmut Cepeda, que aconseja modernizarte con el nuevo Office 365 en la nube y con Windows Pro 8.1.

Empresas se amparan contra Reforma Fiscal

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Los especialistas ven como poco probable que procedan los amparos, ya que hasta el momento no ha pasado nada que afecte a los contribuyentes.

La entrada en vigor de la Reforma Fiscal no fue vista con buenos ojos por las empresas, quienes decidieron ampararse para externar su inconformidad con las modificaciones q, al considerar que serán perjudiciales y poco beneficiosas.

A pesar de la iniciativa y de que se metieron por lo menos 7 mil inconformidades, los especialistas dijeron desconocer si los amparos procederán, ya que depende de muchas circunstancias.

Diana Bernal Ladrón de Guevara, titular de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), recomendó a los contribuyentes inconformes interponer los amparos al primer acto de aplicación de las disposiciones, ya que, de no ser así, ve factible que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) lo declare improcedente, al considerar que no afecta el interés público.

“La Corte es muy estricta en asegurarse de que efectivamente la persona está afectada por la nueva  disposición jurídica, entonces en ese aspecto hay que ser muy cuidadoso”, señaló Ladrón de Guevara tras su intervención en la cuarta sesión dentro de las Jornadas sobre la Reforma Hacendaria, quien reconoció que en los últimos  días han asesorado a muchos contribuyentes que tienen la intención de ampararse.

“Se quejan sobretodo de que no van a poder deducir al 100% los pagos que hacen a sus trabajadores”, explicó la funcionaria.

También los pronunciamientos llegaron de parte de los Contadores, como es el caso de José Antonio de Anda, presidente de la comisión fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), quien dijo desconocer si los amparos procederán, ya que hasta el momento no se han dado acciones que hayan afectado a los contribuyentes.

“Honestamente yo creo que es incierta la posibilidad de éxito”, comentó De Anda, quien aseguró que el mejor momento para interponer los amparos será tras las declaraciones de impuestos de los meses de marzo y abril, ya que para ese entonces podría haber elementos para ser tomados a consideración.

Por su parte, la iniciativa privada no pierde la esperanza y confía que los amparos sí provoquen una reacción, por mínima que sea.

“Ante una nueva ley tienes las oportunidad de ampararte porque atenta contra tu viabilidad económica y en eso están basados los amparos”, declaró Juan Pablo Castañón, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

Algunas de las modificaciones de la Reforma Fiscal:

  • Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con la Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Migración a Factura Electrónica para comprobación de gastos.
  • Todos los REPECOS y Personas Físicas cuyos ingresos anuales no superen los 2 millones de pesos serán ahora parte del Régimen de Incorporación Fiscal. En el primer año no pagarán impuestos.
  • Se puede acudir con la Prodecon para proponer un Acuerdo Conclusivo en caso de no estar de acuerdo con el resultado o el proceso de revisión por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Todos los contribuyentes tienen derecho al 100% de la condonación de multas por una sola ocasión a través de la firma de estos acuerdos con la autoridad.
  • Se acuerda la publicación de la información de los contribuyentes incumplidos.
  • Se homologa el IVA al 16% en todo el país.
  • Se crea el Buzón Tributario en el portal del SAT, en donde los contribuyentes pueden consultar su información fiscal.
  • Se elimina el IETU y el IDE.
  • Se comienza a gravar las bebidas azucaradas y alimentos con alto contenido calórico.

¿Crees que procedan los amparos? ¿Cuál es tu postura en torno a la Reforma Fiscal?

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Empleados priorizan flexibilidad laboral sobre sueldo

¿Sabías que cinco de cada diez empleados de oficina estarían dispuestos a recibir un salario menor, a cambio de tener horarios más flexibles o trabajar fuera de la oficina? Por lo menos es lo que asegura un estudio conducido en línea por Harris Interactive, a petición de Microsoft.

Dicho estudio revela que, incluso, 16% de dichos trabajadores estarían dispuestos a dejar de consumir el café de las mañanas en el lugar de trabajo, a cambio de recibir la tecnología que necesitan para hacer sus labores profesionales en cualquier momento y lugar.

Lo anterior revela una importante área de oportunidad para las empresas, ya que equipar a sus empleados con herramientas tecnológicas y software de productividad puede elevar su competitividad.

Un ejemplo de ello es el testimonio de Jamie Hopkins, de Imagination Yoga, quien afirma que el lugar más extraño desde el cual ha trabajo es una peregrinación de yoguis.

“Es importante para mí estar conectado y mantenerme productivo, y con Office 365 pude pagar facturas y comunicarme con mi equipo para definir los horarios de las clases. Podemos trabajar donde y cuando lo deseemos, ya sea participar en tareas voluntarias en las escuelas de nuestros hijos, realizar actividades personales o cuando nos encontramos de viaje”, dice.

Al igual que este emprendedor, tú puedes hacer la diferencia al dotar a tu equipo de herramientas que apuntalen su productividad y movilidad.

A continuación te presentamos algunas opciones para incrementar tu movilidad.

Guarda tus documentos en la nube. Al guardar tus documentos e imágenes en la nube, podrás consultarlos desde cualquier momento y lugar, sin necesidad de trasladarte a la oficina. Con Skydrive logra este objetivo.

trabajadorsueldo

Sé productivo desde tu teléfono. Haz de tu teléfono inteligente y Office 365 tu oficina móvil. Puedes revisar correos electrónicos, consultar un documento en la nube, hacer una videoconferencia o corregir un documento en tiempo real y bajo un esquema de colaboración.

Organización. Con One Note, de Microsoft, no hay lugar para el desorden. Esta aplicación te permite guardar y compartir tus notas mientras estás en tu oficina, en casa o camino a un viaje de negocios.

Conectividad. Con Lync puedes conectarte con tus vendedores que se encuentran del otro lado de la ciudad. También puedes entrar por Yammer para interactuar con un colega o con alguien a quien no conozcas y obtener respuestas rápidas a tus preguntas. También puedes conectarte por voz y video.