Nuestro objetivo es que regreses todos los días…

Millones de emprendedores y empresarios de todo el mundo están esforzándose en estos momentos por sacar adelante sus negocios desde un escenario inusual: su casa. Y para los que son padres, el reto pude ser aún mayor; porque además de trabajar, evitar las distracciones y darse tiempo para descansar, hay que alimentar a los niños, ayudarlos con la tarea y pensar en nuevas formas para entretenerlos. Todo en 24 horas.

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Los momentos de estrés, ansiedad y preocupación por el futuro pueden ser muchos. Pero también los de alegría por la posibilidad de pasar más tiempo con aquellos que amamos. Al final, y como ante cualquier desafío que se nos presenta en la vida, la clave está en el equilibrio y en tomar las medidas necesarias para también aprovechar las oportunidades (siempre existen). Así que estos son los consejos que necesitas para trabajar desde casa si tienes hijos.

☐ 1. Sé realista en cuanto a tus exigencias

Esto te incluye a ti, a tus empleados y a tu familia. Estamos viviendo circunstancias excepcionales, y no podemos esperar generar los mismos ingresos que hace un mes, o estar siempre al tope de nuestra productividad u optimismo. Practica la paciencia.

☐ 2. Establece acuerdos básicos

Ten una conversación honesta con tu pareja y con los niños sobre lo que están viviendo, cómo se sienten y qué necesitan resolver para pasar la cuarentena de la mejor manera posible. Y luego, lleguen a convenios básicos sobre, por ejemplo, los horarios para comer o ver la tele, o cómo se van a repartir las tareas de limpieza.

☐ 3. Relájate más que de costumbre

Si bien la disciplina es básica en estos momentos, cuando hay niños que cuidar todo puede salirse un poco de control. Básicamente porque son niños, y tienen mayores dificultades que los adultos para entender qué está pasando, para respetar horarios estrictos, para controlar su necesidad de salir a jugar y para manejar sus emociones.

☐ 4. Arma un espacio fijo de trabajo

La ubicación depende del tamaño y de las características de cada casa o departamento. Pero en lo posible, evita trabajar en la mesa de la cocina, o en la misma sala donde los niños están viendo la televisión. Tener un lugar exclusivo para trabajar te va a permitir no solo concentrarte más, sino poder dividir las horas de trabajo y descanso.

☐ 5. Apóyate en aplicaciones y gadgets para evitar distracciones

Puedes usar auriculares, para evitar escuchar el ruido ambiente o los gritos de los niños. O listas de canciones que te ayuden a concentrarte. También son muy útiles las aplicaciones que te ayudan a evitar el uso excesivo del celular o el acceso a Internet durante determinados periodos de tiempo, para entonces aprovechar mejor cada hora y avanzar a paso firme con los pendientes.

☐ 6. Date tiempo para estar solo

Toma turnos con tu pareja para que, mientras uno cuida de los más pequeños, el otro pueda salir a dar un paseo corto, pasear al perro o regar las plantas de la azotea. Es importante que lo hagan todos los días, y por no menos de media hora. Además de relajarse, esto les va a permitir tomar unos minutos de sol, fundamental para mantener un buen estado de salud.

☐ 7. Comparte tiempo con tu pareja

Si los dos padres viven juntos, y para mantener una buena relación en momentos tan desafiantes, es fundamental que reserven un espacio en el día para relajarse, conversar sobre cómo se sienten o compartir una película. Cuando estamos bajo tanta presión, la comunicación abierta y el apoyo mutuo se vuelven imprescindibles.

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LO QUE DEBES SABER SOBRE EL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE IMPUESTOS

El Artículo 31, Fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos, tanto de la federación como de los estados, la Ciudad de México y el municipio en el que residan, de manera proporcional y equitativa según lo dispongan las leyes.

 

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Como se aprecia, este dispositivo constitucional impone la obligación de contribuir al gasto público de los tres niveles de gobierno, lo que indica que el contribuyente responderá a las obligaciones fiscales cuando se coloque en las hipótesis de causación en los ámbitos federal y local. Ello no quiere decir que los contribuyentes causantes de la imposición fiscal coincidan con las mismas hipótesis, ya que esta disposición solo comprende la obligación de los mexicanos y no las facultades de las autoridades cuando están debidamente reguladas por el Artículo 124 constitucional y mediante un sistema de exclusión de facultades; de modo que no existe la remota posibilidad de que se tolere la concurrencia impositiva del gobierno federal y de los estados de la república sobre las mismas hipótesis de causación.

En este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación señala en la tesis

232309 “Proporcionalidad y equidad tributarias establecidas en el Artículo 31, Fracción IV constitucional” que el principio de proporcionalidad radica, medularmente, en que los sujetos pasivos deben contribuir a los gastos públicos en función de su respectiva capacidad económica, debiendo aportar una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos; esto significa que las contribuciones deben establecerse de acuerdo con la capacidad económica de cada contribuyente.

Con base en lo explicado, el contribuyente se encuentra obligado al cumplimiento de sus obligaciones tributarias de acuerdo con las disposiciones fiscales vigentes; no obstante, en ciertas ocasiones se puede incurrir en el incumplimiento u omisión del pago de contribuciones. El Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla el delito de defraudación fiscal y sus respectivas sanciones para quienes omitan total o parcialmente el pago de impuestos por medio de engaños o aprovechamiento de errores. Es importante señalar que este código tipifica la defraudación fiscal como un delito y a la evasión no, puesto que la defraudación tiene como elemento primordial la malversación premeditada y la evasión no necesariamente es con alevosía.

Es una realidad que en muchos casos los contribuyentes pueden tener desconocimiento de las leyes fiscales e incumplir sin darse cuenta, ya sea por desidia o por ignorar las consecuencias en las que se pueden ver envueltos; derivado de su incumplimiento, pueden ubicarse en los supuestos de una infracción o, en el peor de los casos, en la comisión de un delito de carácter fiscal. Persistentemente, cuando exista defraudación fiscal habrá evasión, en tanto que cuando haya evasión no precisamente habrá defraudación, dado que en ocasiones se eluden impuestos por error o indolencia, es decir, sin intención.

Es parte de un sistema jurídico prever sanciones en caso de que se infrinjan las leyes y las disposiciones de naturaleza fiscal, tanto por parte del contribuyente como de cualquier persona a quien la ley le imponga obligaciones de esta índole. Las infracciones tributarias son normalmente de naturaleza administrativa con base en una norma tributaria, cuyo mandato incumple el sujeto de una forma directa o abierta. Por su parte, también hay ilícitos penales materialmente fiscales que son delitos especiales al estar contemplados en un ordenamiento distinto del Código Penal (el CFF), pero que finalmente se desarrollan en su ámbito —es decir, una misma conducta puede generar ambos tipos de sanciones: administrativas y penales—.

Incumplimiento doloso

Ante la comisión de una conducta ilícita, es importante conocer siempre el nexo intelectual y emocional que liga al sujeto con el resultado de un acto; dicho en términos penalistas, determinar la culpabilidad. La culpabilidad es, pues, la relación que existe entre la voluntad y el conocimiento del hecho con la conducta realizada.

El dolo puede entenderse como la voluntad consciente dirigida a la ejecución de un hecho ilícito. En el primer párrafo del Artículo 9 del CFF se describe la intencionalidad dolosa: «obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal, o previendo como posible el resultado típico, quiere o acepta la realización del hecho descrito por la ley».

En el incumplimiento doloso hay dos elementos:

  • Moral o ético: saber que se violenta o infringe la norma fiscal.
  • Emocional: voluntad de realizar el acto.

En materia fiscal, el dolo deberá tomarse en cuenta y probarse por la autoridad administrativa al determinar o cuantificar la sanción a imponer al infractor, para que esta no vulnere los principios constitucionales que rigen en el procedimiento sancionador. En el Artículo 75 del CFF se prevén las agravantes que considera una infracción.

Incumplimiento culposo

El incumplimiento culposo, imprudencial o no intencional ocurre cuando se deja de responder ante las normas impositivas sin la intención de hacerlo, ya sea por negligencia, falta de cuidado, imprevisión, imprudencia o impericia.

Los elementos de la culpa son: una conducta, carencia de cuidado, resultado previsible y evitable, tipificación del resultado y nexo de causalidad. En este sentido, es frecuente encontrarse con la comisión de infracciones administrativas por negligencia o por haber omitido la presentación de algún aviso o declaración que exijan las normas fiscales.

De conformidad con el Artículo 74 del CFF, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual apreciará discrecionalmente las circunstancias del caso, así como los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción. Tanto las sanciones como las penas que se aplican por la comisión de un ilícito deben fundarse y motivarse, por lo que debe considerarse la intención que tuvo el sujeto activo de la conducta ilícita, lo cual influirá en la determinación o cuantificación de la sanción.
Incumplimiento por causas externas

Esta situación se presenta cuando se incumple con la obligación contributiva por causas ajenas a la voluntad de los contribuyentes, por fuerza mayor o caso fortuito. El caso fortuito tiene por característica peculiar que es un acontecimiento que ocurre de manera inusitada —ya sea por actos de terceros, accidentes o causas ajenas a la voluntad del sujeto que debe cumplir una obligación jurídica—, y lo sorpresivo o inusitado del acontecimiento no permite al sujeto afectado la posibilidad de evitarlo, oponerse o resistirse al acontecimiento que lo provocó.

Por otra parte, se considera que el concepto de fuerza mayor corresponde al acontecimiento que está dotado de una fuerza superior e irresistible, ajena a la conducta o voluntad del sujeto obligado, precisamente porque la causa fue producida con tal fuerza que es incontrastable, cuya imposibilidad de reducirla o contrarrestarla libera al obligado de la responsabilidad del incumplimiento de la obligación existente a su cargo.

El Artículo 73 del CFF establece:

No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito.

El Artículo 39, Fracción I del CFF señala que el ejecutivo federal, mediante resoluciones de carácter general, podrá:

Condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido o en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región del país, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias.

Conclusión

El incumplimiento de una obligación fiscal implica infracción o delito según sea el caso. La infracción o el delito ameritan una pena para el responsable de los mismos. También cuando una contribución se paga tardíamente han de generar recargos por concepto de indemnización al fisco.

El incumplimiento es un hecho objetivo que acarrea consecuencias de derecho. Tanto el contribuyente como aquellos a quienes las leyes fiscales impongan una obligación pueden ser responsables por incumplimiento y, por tanto, ser sujetos a procedimientos y sanciones, tal y como lo indica el Artículo 71 del CFF.

Es importante conocer los actos que las leyes consideran como incumplimiento, ya que en ocasiones no se le da la importancia y, por lo tanto, no se miden las consecuencias.

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Acreditamiento de la retención del 6%

El artículo 1-A de la LIVA prevé diversos supuestos en los cuales se retendrá el impuesto; estas retenciones garantizan al Estado la causación del IVA con más eficacia.

Los contribuyentes obligados a retener el impuesto son:

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La retención mencionada se efectuará en el momento en el que se pague el precio o la contraprestación y sobre el monto de lo efectivamente pagado y se deberá enterar mediante declaración en conjunto con el pago del impuesto correspondiente al mes en el cual se efectúe la retención. Contra el entero de la retención no puede realizarse acreditamiento, compensación o disminución alguna.

Es importante mencionar que la retención efectuada sustituirá al enajenante, prestador de servicio u otorgante del uso o goce temporal de bienes en la obligación de pago y entero del impuesto.

Acreditamiento de la retención

Una problemática reciente que ha generado confusión entre los contribuyentes es la nueva retención del 6 %, la cual se ha estudiado en números anteriores. En esta ocasión se retomará el tema, desde la óptica de la deducción de los servicios cuya naturaleza originaron una retención por parte del contratante.

Son varios los requisitos para realizar el acreditamiento del IVA, los cuales están regulados en el numeral 5 de la LIVA, entre ellos destaca: que las erogaciones deben ser estrictamente indispensables para realizar actividades gravadas; que el IVA este expresamente trasladado al contribuyente en los CFDI´s, y que haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate, etc.

Un requisito en particular que genera problemas para el contribuyente es el contenido en la fracción IV del numeral referido, que indica que para acreditar el IVA trasladado y retenido conforme a los artículos 1o.-A y 18-J, de la LIVA, se debe enterar la retención; y el acreditamiento procederá en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.

En un contribuyente regular el ejemplo sería el siguiente:

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Esto se complica tratándose de contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); toda vez que el numeral 5-E de la LIVA señala que este tipo de contribuyentes en lugar de enterar el impuesto retenido mensualmente, lo enterarán por bimestre, conjuntamente con la declaración de pago.

Por otro lado, el numeral 22-B del RLIVA reafirma que el IVA trasladado a los contribuyentes y que hubiesen retenido conforme al artículo 1o.-A de la LIVA, podrá ser acreditado en la declaración de pago bimestral siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención.

 A la luz de esto, los contribuyentes del RIF deberán esperar hasta el tercer trimestre para realizar el acreditamiento de la retención, como a continuación se muestra:

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Como se puede observar en el caso del RIF se potencializa el efecto de la retención; ya que el periodo entre el cual se realiza la operación y el acreditamiento del IVA puede diferirse a más de cuatro meses, generando un desfase económico para la operatividad del contribuyente.

Ventajas de “subir” tu negocio a la nube

Para analizar las ventajas de la nube que está revolucionando la gestión empresarial, empecemos por explicar qué es. Existen muchas definiciones sobre lo que es la nube, pero la mayoría coincide en que es un modelo tecnológico que permite almacenar, modificar y administrar datos, aplicaciones, redes o servidores desde cualquier lugar y en todo momento con sólo tener acceso a una computadora, tablet o teléfono inteligente con conexión a Internet.

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De acuerdo con el estudio “Cómputo en la nube, nuevo detonador para la competitividad en México”, realizado por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), las Pymes son las que mayores beneficios obtienen de la nube. L yaLa nubee agiliza sus procesos operativos, reduce costos y aumenta las posibilidades de implementar nuevas soluciones tecnológicas de forma más rápida; además, las ayuda a crecer 15% más rápido que las que no la usan, según Microsoft.

Conoce otros beneficios relevantes de “subirte” a la nube

  • Seguridad, al mantener altos índices de seguridad de la información.
  • Escalabilidad, debido a que puede crecer según la demanda de tus usuarios.
  • Rentabilidad, pues pagas en la medida que consumes estos servicios y la renta es 100% deducible de impuestos.
  • Confianza, respecto a la disponibilidad, porque da acceso a las aplicaciones las 24 horas del día, los 365 días del año, ya que no requiere de un servidor local para ejecutar la aplicación, con lo que se eliminan los gastos de infraestructura en servidores, mantenimiento y soporte, respaldos y recuperaciones, conexiones, etc. El IMCO estima que reduce la inversión en Tecnologías de la Información (TI), al convertir gastos fijos en costos variables, generando ahorros de hasta 67% en una empresa de 45 empleados en promedio.
  • Accesibilidad, porque brinda la posibilidad de acceder a la información vía Internet desde cualquier parte del mundo, con lo que tienes soporte técnico y actualización en línea de las nuevas versiones.
  • Ahorro, al permitir controlar los gastos porque el pago depende del uso del servicio y el número de usuarios. Datos de International Data Corporation (IDC) afirman que las Pymes que adoptan esta tecnología pueden ver reducidos sus costos entre un 10% y un 20%.
  • Productividad, al hacer más eficientes los procesos internos del negocio. Un informe realizado por Edge Strategies reveló que el 59% de las compañías que ya usan la nube han aumentado su productividad de forma considerable.

La nube reinventa el rol de las TI y cuando se alinea con la estrategia de la empresa, le da a ésta enormes ventajas competitivas, por lo que es importante elegir bien al proveedor para asegurar un buen nivel de servicio, así como administrar adecuadamente los usuarios que acceden a la información.

Actualmente existen herramientas que permiten gestionar de forma efectiva el ciclo de compra-venta de una empresa y aunque pudiera parecer que se necesita tener una compañía grande para tener acceso a ellas, también existen en el mercado Sistemas dirigidos a pequeñas y medianas empresas, brindándoles movilidad, seguridad, disponibilidad y más como Aspel SAE Nube.

buscanos subetetealanube.com

Trabajando de Forma Remota – Todo Lo que Usted Necesita Saber Antes de Hacerlo

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Sea por los costos de transporte incrementándose, o por la habilidad de controlar el tiempo de uno, o por el deseo de seguir una pasión, más y más gente está creando oportunidades para trabajar de forma remota. Y sin duda alguna es un buen momento para este movimiento, ya que está siendo respaldado por avances tecnológicos como herramientas de computación en la nube, colaboración y herramientas de comunicación mejores.

Desde el 2016, cerca de un 25% de la fuerza laboral Norte americana ha trabajado de forma remota de cierta capacidad, y este número incrementó más del doble desde el 2005. Garantizar que esta tendencia no disminuirá pronto. Para muchos, la vida en una oficina es algo del pasado.

  • Los Beneficios de Trabajar de Forma Remota
  • Las Desventajas de Trabajar de Forma Remota
  • ¿Dónde Encontrar Trabajo Remoto?
  • Consejos de Productividad para Trabajar de Forma Remota
  • Consejos para Ahorrar Tiempo al Trabajar de Forma Remota
  • Herramientas para Trabajo Remoto
  • No Se Olvide del Autocuidado

Los Beneficios de Trabajar de Forma Remota

Crear una separación física de un jefe que micro controla todo es tan sólo uno de los beneficios que van mano a mano con el trabajo remoto.

Aquí hay otros que valen la pena mencionar:

  • La ventaja de las horas laborales flexibles. Antes del internet, los nuevos padres no tenían mucha elección cuando se trataba de estar con sus bebés durante el día o mantener un trabajo de tiempo completo. Ahora, los padres pueden pasar más tiempo con sus hijos, mientras cumplen con sus trabajos desde casa – y no tiene que dar nada a cambio. Para aquellos que no tienen hijos, la flexibilidad de las horas laborales flexibles quiere decir que podrá dormir un poco más si no es una persona mañanera, o prefiere trabajar tarde por la noche si así lo prefiere. Sólo asegúrese de marcar una línea entre el trabajo y su vida personal.
  • Puede trabajar desde donde sea. La belleza del trabajo remoto, es que literalmente puede hacerlo donde sea: su sillón, una cafetería, al lado de una piscina, o en cualquier parte del mundo (siempre y cuando haya una conexión de internet)
  • No hay código de vestimenta. Ya que puede trabajar desde donde sea, lo que tiene puesto no importa mucho, al menos que tenga una junta con algún cliente importante. E incluso si es así, sólo la parte superior de su cuerpo tiene que lucir profesional. Así que si, una de las ventajas de trabajar de forma remota es que los pantalones son opcionales y los pijamas son fomentadas.
  • Aprenderá nuevas habilidades, aunque no lo quiera. Si usted es un trabajador remoto que trabaja para uno mismo, como parte de su transición, en el camino tendrá que aprender nuevas habilidades que no necesariamente son esenciales para su campo de trabajo, tal y cómo, llevar control de sus finanzas, administración de proyectos, y hasta un poco de asuntos legales. Y si usted trabaja para una compañía de forma remota, también estará aprendiendo nuevos métodos de comunicación y habilidades de administración de proyectos para unir esa gran distancia física entre usted y sus compañeros de equipo de trabajo.
  • Ahorrará dinero (y salvará a la tierra). Para muchos en la fuerza laboral, el prospecto de un viaje diario de varias horas es suficiente para empezar a contar los segundos para que llegue el viernes apenas empezando la semana. El tiempo desperdiciado en el coche o en el transporte público puede ser aprovechado para hacer cosas productivas, pero no es tiempo que uno pasa con su familia. ¿Cómo uno no quisiera regresar el tiempo? Sin mencionar todo el dinero gastado en gasolina, boletos del metro, y muchas otras cosas.

Las Desventajas de Trabajar de Forma Remota

Toda rosa tiene su espina. 🌹 Trabajar de forma remota parece un sueño hecho realidad, pero viene con algunos efectos adversos:

  • Usted no tendrá tanta interacción social. Si es usted el tipo de persona que disfruta del platicar con sus compañeros cerca del garrafón de agua, ir a citas de lunch, y conocer a gente nueva en la oficina, trabajar de forma remota quizás no sea lo indicado para usted. Aunque si conocerá nuevas personas y podrá interactuar con clientes, muchas de estas conversaciones toman lugar a través de llamadas o video chats – no en una sala de conferencias o en una cafetería. Para estar seguros, aquellos que viven la vida del cubículo normalmente se quejan de las distracciones en forma de interrupciones regulares, pero muchas veces esas distracciones son preferibles a estar aislado.
  • Todo cae en tus manos. Si usted trabaja de forma remota para usted mismo, tendrá que encontrar su propia clientela, vender y cerrar prospectos, hacerse cargo de sus finanzas, y administrar su tiempo – todo sin la constante vigilancia de un jefe o de un asistente de otro departamento
  • Hay demasiadas distracciones. Muchos fantasean sobre el prospecto de trabajar de forma remota, pero muchos realmente no pueden verse así mismos haciéndolo – simplemente no tienen la disciplina para auto administrarse sin que haya distracciones en el camino. Si usted no cree poder ser su propio jefe, el trabajo remoto podría ser una receta para el desastre cuando se trata de crecer su carrera.

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  • Es muy probable que tengas problemas de comunicación. Si usted trabaja con un equipo remoto, puede que esté compuesto por miembros de distintos países, operando en diferentes zonas horarias. Lograr que todos estén en sintonía puede llegar a ser muy difícil. Agregue eso a tener que entender diferencias culturales y contextos (puede que usted actúe de una forma que podría ser considerada ofensiva en otras culturas), y también problemas de comunicación que surjan por palabras o significados que puedan ser malinterpretados.
  • i está constantemente cambiando de pensamientos, su cerebro tiene que regresar a lo anterior para recordar los detalles de varias tareas distintas en las que se encuentra trabajando. Hágase un favor y concéntrese en una cosa a la vez.
    Multitasking is not always a good thing. Try working on one task at a time. 👍HAGA CLIC PARA TWEET

    Consejos para Ahorrar un Poco de Tiempo al Trabajar de Forma Remota

    El tiempo es dinero, y también es el recurso más poderoso de un trabajador remoto. Intente estos consejos para ahorrar de tiempo para ser más efectivo:

    • Delegar y hacer Outsourcing. Todos necesitan un poco de ayuda de vez en cuando. Si usted tiene un asistente o un equipo remoto, usted querrá delegar algunas tareas, o incluso partes de las tareas (como la investigación para un articulo), para hacer que las cosas empiecen a andar. El proceso empieza cuando uno elige quien será el que hará las tareas. Normalmente estas no son tareas urgentes (como las tareas B o C con el método de ABC), especialmente cuando están todavía en entrenamiento. Deje tiempo suficiente para que su compañero de equipo complete las tareas, para que usted tenga tiempo de revisar los resultados, y agregue sus propios comentarios, antes de que llegue el tiempo límite.
    • Evite las juntas. Las juntas suelen ser un desperdicio de tiempo y debería evitarlas cada vez que pueda. Si usted necesita absolutamente tener una junta para colaborar con alguien, establezca la junta usted mismo y limítela a por lo menos unos 30 min de duración (15 debería lo normal). Ponga un horario y asegúrese de que ambas partes vengan preparadas para que puedan cruzar ideas desde el principio.
    • Utilice atajos. Cuando escriba correos, utilice plantillas o atajos, como TextExpander, el cual expande el texto de sus frases más usadas en atajos de texto relevantes. Use programas que le ayuden a recordar o generar una contraseña (como1Password o LastPass) para que no tenga que depender de su memoria para conseguir esta información (o peor aún, almacenarla en un lugar nada seguro).
    • Dese de baja de correos innecesarios, como noticias de marcas por las cuales usted no tiene interés, la que termina llenando su bandeja de entrada con cosas que tendrá que filtrar.

    Asegúrese de también checar estos hacks de productividad fantasticos.

    Herramientas para Trabajar en Casa de Forma Remota

    CADE tiene herramientas para asegurar que su equipo de trabajo este trabajando como desde su misma oficina, esto es gracias a servicios como Office 365 y Microsoft Teams que ayuda a su equipo estar presente.

         Recuerde sobre sus aplicaciones acutales subirlas a la nube y asegurar la        disponibilidad sin arriesgar la seguridad de su informacion.

 

       No Se Olvide del Autocuidado

Si a usted le apasiona lo que hace o está presionado por cumplir con una fecha límite, usted se encontrará constantemente ocupado trabajando. Olvidarse de preocuparse por uno mismo es la forma más rápida para desgastarse.

Aquí les dejamos unos consejos necesarios para poner en practica un autocuidado y crear una situación de trabajo remoto sostenible:

    • Recuerde su por qué. Recuerde la razón por la cual eligió trabajar en casa: ¿Era para pasar más tiempo con su familia? ¿Para tener más tiempo libre para irse de vacaciones? Evalúe si usted sigue con esta meta. Si no es así, es posible que tenga que pensar de nuevo sus hábitos de trabajo o contratar a alguien que le ayude con la carga de trabajo.
    • Tome descansos frecuentes. Muchos piensan que los descansos son contra producentes cuando podría estar haciendo otras cosas con ese tiempo. Pero tomarse descansos ha sido comprobado que incrementa la productividad al prevenir la fatiga de toma de decisiones, incrementa la creatividad y mejora el aprendizaje. Si aún le preocupa el tiempo desperdiciado, por qué no se toma un descanso para terminar los quehaceres, como poner ropa en la lavadora, lavar los platos o aspirar. Levantarse para mover de vez en cuando también es importante para su salud.
    • Coma de forma apropiada y haga ejercicio. Cuando se encuentre muy ocupado trabajando, puede ser tentador tomar la vía fácil y pedir comida a domicilio. Pero una de las ventajas del poder trabajar en casa es que tiene la oportunidad de preparar comida saludable, y al ser dueño de su tiempo quiere decir que puede disponer un poco de su tiempo para hacer ejercicio. Usted necesita cuidarse porque sólo tiene un cuerpo (y porque los seguros médicos son caros). Invertir en una mesa para estar de pie o una pelota de ejercicio es una excelente forma para romper la monotonía de estar sentado todo el día.
    • Relájese al final del día. Solo porque no tiene horas fijas de trabajo o tenga a alguien que le diga que vaya a casa al final del día, no quiere decir que debería seguir trabajando hasta que su cuerpo colapse. Establezca limites saludables. El trabajo siempre estará ahí al momento de despertar y recuerde, su trabajo no le devolverá el amor, así que use este tiempo para conectarse con sus seres queridos.
    • Desarrollo profesional. Además de mantener su cuerpo saludable, usted también tiene que alimentar su mente. Invierta en más aprendizaje: atienda a clases (incluso clases en línea) y conferencias. Nunca es demasiado tarde para aprender algo nuevo.
    • Recompensase. Usted trabaja duro, así que se merece un regalo, de vez en cuando, por un trabajo bien hecho. Puede ser algo tan simple como algo pequeño (como la barra de chocolate que tanto desea) o algo enorme (como las vacaciones que siempre quiso). No tiene porque ser material – quizás una salida a cenar con los amigos es lo que usted necesita. Pero recuerde, no lo haga seguido, y las recompensas vienen después de los resultados. La gratificación demorada puede ayudar a construir fuerza de voluntad y puede darle ese empujón extra para terminar su trabajo lo más pronto posible.

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Pensamientos Finales: Todo Lo que Necesita Saber Antes de Trabajar de Forma Remota

Hay muchos beneficios de trabajar de forma remota, pero esto no quiere decir que no haya retos. Si usted puede administrar su tiempo de forma apropiada, como un jefe, usted puede aprovechar esta oportunidad hasta su máximo potencial.

¿Cuales son sus consejos para trabajar de forma remota? ¡Háganos saber en los comentarios!

        Escríbenos Quiero conocer las herramientas

 

GENERALIDADES DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2020

El 28 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal, con vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020 salvo ciertas excepciones.

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1. Código Fiscal de la Federación.

Regla 1.12. Información y documentación proporcionada por el tercero colaborador fiscal.

Se adiciona esta regla, en la que se señala el procedimiento del tercero colaborador fiscal. En términos del Artículo 69B Ter del CFF, se utilizará para informar a la autoridad fiscal sobre la expedición, enajenación o adquisición de los CFDI que amparen operaciones inexistentes, y que deberá realizarse a través del Portal del SAT.

Regla 1.13. Obligación de los asesores fiscales y contribuyentes de proporcionar la información para revelar esquemas reportables.

Se establece el procedimiento que los asesores fiscales y contribuyentes (obligados a revelar esquemas reportables a partir del 1 de enero de 2021) deberán seguir para proporcionar la información mediante la declaración que disponga el SAT para tal efecto.

Regla 2.1.44. Opción para presentar consultas colectivas sobre la aplicación de disposiciones fiscales a través de organizaciones que agrupan contribuyentes.

Se mencionan los supuestos que no podrán ser objeto de consultas colectivas formuladas por asociaciones patronales; sindicatos de obreros; cámaras de comercio e industria; agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas; colegios de profesionales; así como organismos que los agrupen y asociaciones civiles cuyo objeto sea el mismo que las cámaras y confederaciones empresariales.

Regla 2.1.51. Opción para presentar consultas sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales.

Se adicionan los supuestos para establecer que no podrán ser objeto de consultas sobre la interpretación o aplicación de disposiciones fiscales que formulen los contribuyentes relacionados con situaciones fiscales que aún no se han realizado.

Regla 2.2.1. Valor probatorio de la contraseña.

Se faculta a la autoridad fiscal para restringir temporalmente la contraseña —firma electrónica que funciona como mecanismo de acceso a los servicios electrónicos que brinda el SAT a través de su portal— cuando se identifique que el contribuyente se ubica en alguno de los supuestos previstos en el Artículo 17H Bis del CFF, hasta que aclare o desvirtué este supuesto; de lo contrario, la autoridad fiscal podrá bloquear el certificado.

Regla 2.2.7. Buzón tributario y sus mecanismos de comunicación para el envío del aviso electrónico.

Para habilitar el buzón tributario, los contribuyentes deberán registrar medios de contacto, como correo electrónico y número telefónico, y confirmarlos dentro de las 72 horas siguientes de acuerdo con el procedimiento establecido en la ficha de trámite 245/CFF “Habilitación del buzón tributario y registro de mecanismos de comunicación como medios de contacto”.

Asimismo, mediante disposición transitoria se establecen infracciones por no habilitar el buzón tributario ni registrar o mantener actualizados los medios de contacto para personas morales a partir del 31 de marzo de 2020 y a partir del 30 de abril de 2020 para personas físicas. El uso obligatorio del buzón tributario será opcional si se trata de contribuyentes asalariados.

Regla 2.2.15. Procedimiento para restringir temporalmente el uso del CSD para la expedición de CFDI y para subsanar la irregularidad o desvirtuar la causa detectada.

Los contribuyentes a quienes se les haya restringido temporalmente el uso del CSD para la expedición de CFDI podrán presentar la solicitud de aclaración conforme la ficha de trámite 296/CFF “Aclaración para subsanar las irregularidades detectadas o desvirtuar la causa que motivó que se le haya restringido temporalmente el uso del certificado de sello digital para la expedición del CFDI en términos del artículo 17H Bis del CFF”.

Regla 2.5.11. Casos en que procede la suspensión de actividades por acto de autoridad.

Se añade como supuesto para que la autoridad fiscal proceda a la suspensión de actividades, tratándose de personas físicas o morales, cuando deban realizar declaraciones periódicas conforme a las disposiciones fiscales vigentes y la autoridad detecte que no lo realizan. Asimismo, que no emitan ni reciban facturas, no hayan presentado avisos de actualización y no sean informados por terceros durante mínimo un ejercicio fiscal, sin que ello sea impedimento de que se les pueda requerir respecto de obligaciones o créditos fiscales pendientes. De igual manera, se indica que la suspensión de actividades por la autoridad fiscal no exime a las personas morales de presentar el aviso de cancelación correspondiente ante el RFC.

Regla 2.4.19. Aviso de actualización de socios o accionistas.

Las personas morales deberán presentar un aviso ante el RFC con el nombre y la clave del RFC de los socios o accionistas cada vez que se realice una modificación o incorporación conforme a la ficha de trámite 295/CFF “Aviso de actualización de socios o accionistas”, contenida en el Anexo 1-A. Esto dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquél en el que se realice el supuesto correspondiente ante la ADSC.

Por su parte, el Artículo 46 Transitorio de la RMF 2020 señala que las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC deberán presentar el aviso al que hace referencia la regla 2.4.19 con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento. El aviso referido deberá presentarse, por única ocasión, a más tardar el 30 de junio de 2020.

2. Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Regla 11.4.18. Tasa de retención del IVA en subcontratación laboral

Se establece que las personas físicas o morales con actividades empresariales obligadas a efectuar la retención por los servicios a que se refiere el Artículo 1-A, Fracción IV de la Ley del IVA —esto es, a través de los cuales se pongan a disposición del contratante, o de una parte relacionada con este, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada con este, o incluso fuera de estas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual— podrán efectuar la retención por el 3% del valor de la contraprestación efectivamente pagada si dichos servicios son prestados en la región fronteriza norte.

Adicionalmente, en disposición transitoria se precisa que, para los efectos del Artículo 1-A, Fracción IV de la Ley del IVA, los contribuyentes estarán obligados a efectuar la retención de 6% del valor de las contraprestaciones que sean efectivamente pagadas a partir del ejercicio 2020. En el caso de contribuyentes que hayan emitido los CFDI de las contraprestaciones antes del 1 de enero de 2020, podrán aplicar las disposiciones vigentes en 2019, siempre que el pago de las contraprestaciones respectivas se realice dentro de los 10 días naturales inmediatos posteriores a dicha fecha.

3. Ley del Impuesto Sobre la Renta.

Regla 3.1.22. Deducción de gastos e inversiones realizadas por figuras jurídicas extranjeras que sean transparentes fiscales.

Los residentes en México y en el extranjero con establecimiento permanente en el país integrantes de la figura jurídica podrán efectuar la deducción de gastos e inversiones que realice la figura jurídica de conformidad con el Título de la LISR que les corresponda, cumpliendo con los requisitos señalados en la citada regla.

Regla 3.1.23. Concepto de entidades extranjeras y figuras jurídicas extranjeras transparentes fiscales.

Se consideran entidades extranjeras las sociedades y demás entes creados o constituidos conforme al derecho extranjero que tengan personalidad jurídica propia, así como las personas morales constituidas conforme al derecho mexicano que sean residentes en el extranjero; también se consideran figuras jurídicas extranjeras los fideicomisos, las asociaciones, los fondos de inversión y cualquier otra figura jurídica similar del derecho extranjero que no tenga personalidad jurídica propia.

Se considera que las entidades extranjeras o figuras jurídicas extranjeras son transparentes fiscales cuando no son residentes fiscales para efectos del ISR en el país en el que están constituidas, que tengan su administración principal de negocios o sede de dirección efectiva, y sus ingresos sean atribuidos a sus miembros, socios, accionistas o beneficiarios.

Regla 3.3.1.30. Deducción de pagos realizados por sociedades mexicanas consideradas transparentes fiscales para los efectos de una legislación extranjera.

Las sociedades mexicanas consideradas transparentes fiscales —para los efectos de una legislación extranjera que generen montos no deducibles por motivo de momentos distintos en la acumulación de ingresos entre el contribuyente y sus socios o accionistas— podrán deducir dicho monto en la medida y proporción en la que los ingresos que perciba dicha sociedad sean acumulados por sus socios o accionistas en el ejercicio inmediato posterior, y siempre que estos sean residentes en un país con el que México tenga en vigor un tratado para evitar la doble tributación.

Finalmente, la aplicación de ciertas reglas estará sujeta al cumplimiento de los requisitos que se establezcan en las propias reglas de carácter general.

 

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3 principales tendencias de la nube en 2020

Amedida que las nuevas tecnologías se popularizan, continúan evolucionando conforme sus desarrolladores y consumidores encuentran maneras de aprovechar sus capacidades adicionales para obtener mayor valor. Esto es precisamente lo que está sucediendo con el cómputo en la nube. La nube se ha transformado de un modelo de servicio “de exceso de cómputo y almacenamiento en renta” que ofrecen unos cuantos proveedores de hiperescala a una solución ubicua de servicio para todo, que proporcionan miles de nuevos Proveedores de Servicios en la Nube (CSP) con ofertas PaaS, IaaS y SaaS.

TendCloud

De acuerdo con un reciente comunicado de prensa de Gartner, la interconexión privada entre las empresas y los proveedores de nube y TI aumentará a una tasa de crecimiento anual compuesto de 112 % en 2022 a nivel mundial.

 

Dado el tiempo, los recursos y la complejidad que se requieren para migrar los actuales servicios y aplicaciones de TI a la nube, las estrategias centradas en la nube tienden a enfocarse en la implementación de soluciones nuevas. Sin embargo, conforme el cómputo periférico se convierte en lo común, consideramos que una mayor migración a la nube ayudará a las compañías a acelerar su transformación en empresas digitales.

 

Tendencia 1: Las empresas están migrando a una TI híbrida

 

En la industria se dice que las empresas pueden hacer cualquier cosa en la nube, pero aún no llegamos a eso. De acuerdo con una encuesta realizada por IDG, el 73 % de los tomadores de decisiones de TI tenían al menos una aplicación o una parte de su infraestructura informática en la nube. Sin embargo, más de un tercio (38 %) de los encuestados se sintieron presionados a migrar el 100 % a la nube .

 

Esto se alinea con la migración gradual a la nube que los clientes de Equinix están llevando a cabo. Es menos riesgoso migrar a ambientes de TI híbridos, con alguna combinación de infraestructura de nube local, privada y pública, que hacerlo todo de una sola vez.

 

Adelantémonos al 2021: IDC predice que más del 90 % de las infraestructuras de TI empresariales a nivel mundial serán una mezcla de nubes privadas locales/dedicadas, múltiples nubes públicas y plataformas existentes . Y conforme los CSP amplíen sus ofertas y refuercen sus capacidades de seguridad y protección de datos, la puerta hacia la migración a la nube se abrirá aún más para las empresas incluso más escépticas y conservadoras, ya que, sin ella, se quedarán fuera de la competencia.

 

Las infraestructuras de TI empresariales a nivel mundial serán una mezcla de nubes privadas locales/dedicadas, múltiples nubes públicas y plataformas existentes.

 

Tendencia 2: La nube se está expandiendo hacia la periferia

 

IDC también predice que, en el 2023, el 10 % de las cargas de trabajo locales de las empresas se encontrarán en nubes públicas fuera de los centros de datos de los proveedores de nubes públicas y que residirán en los centros de datos de los clientes y en la periferia. En nuestra opinión, el mercado periférico será el verdadero catalizador de la adopción de la nube.

 

Asimismo, a medida que más compañías generen y consuman datos y servicios de TI en la periferia, requerirán más recursos de cómputo, almacenamiento y aplicaciones de la nube para transformarse en empresas digitales más competitivas. Por lo tanto, coincidimos con el analista de Gartner, Thomas Bittman, cuando señala en su informe “Exploring the Edge: 12 Frontiers of Edge Computing” (Explorando la periferia: Las 12 fronteras del cómputo periférico) . “El cómputo periférico complementa el cómputo en la nube en los casos de uso digital, ya que atiende los requerimientos de latencia, ancho de banda, autonomía y privacidad”.

 

Tendencia 3: La interconexión privada a los servicios en la nube se está acelerando

 

El Internet público quizá fue la primera avenida hacia la nube para muchas compañías, pero para muchas empresas y sus clientes, no es el camino más rápido ni seguro debido a sus problemas inherentes de rendimiento y seguridad. La alta latencia que causa demoras entre los usuarios y los servicios en la nube remotos, así como la superficie de ataque más amplia, puede retrasar la estrategia de migración a la nube de una compañía, en especial al trasladar cargas de trabajo de alto volumen y sensibles a la latencia (comunicaciones unificadas, videojuegos en línea, inteligencia artificial, análisis en tiempo real, etc.) o tráfico de datos privados.

 

Como proveedor de interconexiones privadas a los servicios en la nube, observamos de primera mano cómo más compañías están seleccionando una conexión directa a la nube para contar con mayor rendimiento y seguridad. El Índice de Interconexión Global GXI Vol. 3, un estudio de mercado anual publicado por Equinix, estima que la interconexión privada entre las empresas y los proveedores de nubes y de TI aumentará a una tasa de crecimiento anual compuesto de 112 % a nivel mundial entre el 2018 y el 2022.

Checklist: ¿estás al día con los requisitos de la nueva nómina digital 2020?

Desde febrero de 2020 los nuevos requisitos para la generación de los recibos de nómina se volvieron obligatorios. Sin embargo, son muchas las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que todavía no están cumpliendo con esta disposición del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y eso solo puede significar desorden administrativo y futuras sanciones por parte de la autoridad fiscal.

 

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Recordemos que esta medida fue tomada por el SAT debido a la cantidad de inconsistencias encontradas en la presentación de informes relacionados con los CFDI’s de nómina desde hace tiempo, particularmente en cuanto al subsidio al empleo.

Si todavía no estás al día con este cambio, o tienes dudas sobre lo que está haciendo tu Contador, te preparamos este checklist con los 10 puntos más importantes que tienes que tener en cuenta al momento de generar un comprobante de nómina. Algunas de estas recomendaciones no son nuevas (de hecho, están vigentes desde que los CFDI se volvieron obligatorios), pero es un buen momento para repasarlas. Así evitarás errores, inconvenientes y sanciones.

1. Asegúrate de contar con la plataforma de nómina adecuada ☐

Contrata los servicios de una empresa reconocida en el mercado y que mantenga actualizados sus sistemas según las últimas disposiciones del SAT.

2. Registra a tu personal en el régimen que le corresponde ☐

Eso te permitirá calcular correctamente percepciones y deducciones, así como evitar contingencias y riesgos fiscales.

3. Declara las percepciones y deducciones de forma transparente ☐

Ten cuidado con considerar como exentas percepciones que son consideradas gravadas, además cumple con la regulación laboral en materia de mostrar de manera detallada tanto percepciones como deducciones en los recibos de nómina.

4. Haz la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) cuando estés obligado a ello ☐

Como empresa, eres responsable solidario ante la autoridad fiscal de descontar y luego de pagar este gravamen.

5. Clasifica el monto del ISR retenido correspondiente al período de pago con la clave “002” de deducción ☐

No uses la clave “101”, que se utiliza para reportar el resultado del cálculo anual del ISR.

6. Registra el subsidio para el empleo causado ☐

Registra de manera adecuada en loss. CFDI de nómina tanto el subsidio causado y pagado a los colaboradore

7. Reporta los viáticos ☐

Hazlo en el apartado “Otros pagos” y en su correspondiente comprobación en el apartado “Percepciones”.

8. Registra la prestación por fondo de ahorro ☐

Es un concepto que no puede quedar fuera del comprobante de nómina.

9. Emite los comprobantes de manera adecuada cuando un trabajador se separa de su empleo ☐

Si además de su indemnización debes pagar su nómina, puedes emitir dos CFDIs por dos conceptos diferentes o generar un solo CFDI con dos complementos de nómina.

10. No olvides la firma del trabajador en los recibos impresos ☐

Asegúrate de contar con ella para la validez de los comprobantes y la mayor protección de la empresa en caso de un litigio laboral.

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