¿Recibiste un comunicado del SAT por subcontratar servicios sin REPSE?

¿En días recientes, el SAT ha estado enviando comunicados a algunos de los contribuyentes por haber llevado alguna subcontratación de servicios u obra especializada con una persona física o moral, y estos no estar inscritos y activos dentro del Registro de Prestadores de Servicios Especializadas u Obras Especializadas (REPSE).

Compartimos un ejemplo de este requerimiento:

“Representante legal de (RAZÓN SOCIAL):

Cuando tu representada lleva a cabo la subcontratación de servicios u obra especializada con una persona física o moral, esta debe estar inscrita y activa en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), de lo contrario, la operación realizada no tiene efectos fiscales de deducción o acreditamiento.

Bajo ese contexto y conforme al derecho del contribuyente a ser informado para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de presentación de declaraciones, esta autoridad te comunica que, de la consulta a la información que obra en las bases de datos institucionales, se identifica que recibiste Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por operaciones de subcontratación que realizaste con personas que están canceladas en el padrón REPSE.

Ponemos a disposición de tu representada la información anterior para que, en su caso, corrija los hechos antes referidos y presente a la brevedad la(s) declaración(es) correspondiente(s) en el Portal del SAT, a través del servicio “Declaraciones y Pagos”, al considerar que tu cumplimiento aún es espontáneo.

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que la falta de pago oportuno del impuesto que resulte a cargo genera actualizaciones y/o recargos, también puede originar multas por omisión en el cumplimiento de una obligación fiscal o que se actualice uno de los supuestos jurídicos que amerite la restricción temporal del Certificado de Sello Digital y, en consecuencia, la imposibilidad para emitir CFDI e incluso ubicarse en la posible comisión de un delito por defraudación fiscal, por la omisión total o parcial en el pago de contribuciones, conforme a lo establecido en los artículos 108 y 109 del CFF.

En caso de que tu representada requiera realizar una aclaración, debe:

Ingresar al Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios / Herramientas de cumplimiento / Presenta tu aclaración, orientación, servicio o solicitud / Registro de aclaración / En pasos a seguir Ingresa al Servicio / Colocar tu RFC y Contraseña / Selecciona Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y elegir en la opción Trámite la etiqueta Mensajes vigilancia profunda, de esta forma la atención al trámite de aclaración es más rápida…”

En dichos comunicados, el SAT no comparte el nombre del proveedor por temas de control de datos y privacidad. Nosotros siempre recomendamos contestar este tipo de requerimientos para no poner en riesgo la cancelación de sellos digitales o alguna otra repercusión por la autoridad.  

Nuestra recomendación es presentar un caso de aclaración solicitando la información del proveedor al cual se hace mención en dicho comunicado, sin embargo, no siempre la autoridad contesta y comparte esta información dado que se genera de manera automática. Para hacerlo hay que entrar al apartado que indica el mismo documento del SAT: Ingresar al Portal del SAT, en el apartado Trámites y servicios / Más trámites y servicios / Herramientas de cumplimiento / Presenta tu aclaración, orientación, servicio o solicitud / Registro de aclaración / En pasos a seguir Ingresa al Servicio / Colocar tu RFC y Contraseña / Selecciona Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud y elegir en la opción Trámite la etiqueta Mensajes vigilancia profunda, o entrando a la siguiente liga:   https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/presenta-aclaracion-orientacion-servicio-solicitud

Por otro lado, es posible hacer una revisión manual directamente en el portal de la secretaría de trabajo y previsión social, basta con escribir la razón social de la empresa con la que se tuvo operaciones, por lo que una opción sería identificar por el concepto de las facturas cuales de sus proveedores de servicios pudieran considerarse REPSE y validar si los mismos se encuentran registrados o vigentes.

Adicionalmente sugerimos implementar una matriz de proveedores a fin de identificar los que pudieran situarse en estos supuestos.

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