
Con la versión 4.0 del CFDI, vigente desde el 1 de enero del 2022, llegaron nuevas reglas y requerimientos para emitir y para cancelar los comprobantes fiscales.
A continuación, te hablaremos sobre el nuevo esquema de cancelación aplicable para CFDI 3.3 y 4.0, así como para la versión 2.0 del complemento que ampara retenciones e información de pagos.
Catálogo de motivos de cancelación del CFDI 4.0
Reglas de cancelación CFDI 4.0
- A partir del 1 de enero del 2022 todas las solicitudes de cancelación deberán manifestar los “Motivos de cancelación”.
- Se podrán cancelar sin necesidad de aprobación en los siguientes casos:Facturas con un monto total de hasta $1,000.00 MXNCuando la cancelación se realice dentro de las 24 horas desde la emisión comprobanteCFDI de nómina, egreso, trasladoCFDI de ingreso expedido a contribuyentes del RIFCFDI emitidos en Mis CuentasCFDI de retenciones e información de pagosOperaciones con el público en generalCFDI emitidos a residentes en el extrajeroCFDI a través del adquirente y sector primarioCFDI emitidos por miembros del sistema financieroComprobantes emitidos por la Federación por concepto DPA
- La aceptación o negación de la cancelación de una factura deberá manifestarse a través del portal del SAT dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Si en ese plazo el receptor no hace manifestación alguna, la cancelación se toma por aceptada.
La cancelación de los CFDI de un año podrá hacerse a más tardar en la fecha en que deba presentarse la declaración anual del ejercicio que corresponda a los CFDI emitidos.
Recuerda visitar el portal del SAT para consultar todos los escenarios y la información técnica sobre la cancelación de CFDI. La multa por cancelar una factura fuera del periodo establecido puede ir del 5% al 10% del monto total. Cumple en tiempo y forma y te evitarás complicaciones.
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